B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211001-4)
Regulación cese funcionarios docentes – Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento para la obtención del cese voluntario en su destino definitivo de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 234
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 39
ofertar y ordenar las solicitudes de los profesores atendiendo al apartado siguiente. A dicha
reunión deberán ser convocados todos los profesores con destino definitivo en el departamento, incluyendo los que por cualquier motivo no estén ocupando puesto docente en dicho centro en el presente curso 2021-2022.
3. Celebradas las reuniones de los departamentos, estos remitirán la información a
los directores de los centros, con el fin de que dicho director cumplimente el formulario que
figura como Anexo I a la presente Resolución, indicando quiénes son los profesores que
han solicitado el cese voluntario, y ordenándolos dentro de cada departamento según los siguientes criterios:
a) En primer lugar, los catedráticos y los profesores que hubieran resultado efectivamente desplazados durante al menos dos cursos, el presente curso y el inmediatamente anterior.
b) A continuación, el resto de Catedráticos y Profesores del Departamento, ordenados atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: mayor número de años de
servicios efectivos como funcionario de carrera, mayor antigüedad con destino definitivo ininterrumpido en la plaza, mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente, pertenecer al Cuerpo de Catedráticos, y, por último, mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo.
En el caso de que en algún departamento no hubiese solicitudes se hará constar igualmente en el modelo anexo.
Cuarta
Presentación de solicitudes
El formulario citado en la base cuarta se cumplimentará, exclusivamente, por el Director del centro por medios electrónicos, accediéndose a este a través del portal www.comunidad.madrid, en la sección: “Servicios y trámites”, pestaña “Administración digital: Punto de
acceso general”, escribiendo en el texto del buscador “cese voluntario”. Se podrá acceder,
igualmente, a la solicitud a través del portal “personal +educación”, (comunidad.madrid/
servicios/personal-educacion), siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”,
“Concursos y cese voluntario”, “Cese voluntario”.
La presentación por el Director del centro se realizará, exclusivamente, de forma telemática dada la condición de empleado público, de conformidad con lo establecido en el
apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid y deberá ser remitido al Director del Área Territorial correspondiente en el plazo de quince días hábiles, a partir del
día siguiente de la publicación de esta convocatoria.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid, y expedido por prestadores incluidos en la “Lista de
confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones
que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion),
siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Tramitación electrónica”, “Certificado
electrónico”.
En caso de haberse presentado en tiempo y forma más de una solicitud para un departamento concreto, solo será tenida en cuenta la última presentada.
Quinta
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la resolución provisional por la que
se relaciona los catedráticos y profesores que obtienen el cese voluntario se publicará en el
portal www.comunidad.madrid, en la sección “Servicios y trámites”, dentro del apartado
“Administración digital: Punto de acceso general”, escribiendo en el texto del buscador
“Cese voluntario”. Estos listados podrán ser consultados, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”, al que se accede siguiendo la siguiente secuencia (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Cese voluntario”.
BOCM-20211001-4
Listados provisionales
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 234
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 39
ofertar y ordenar las solicitudes de los profesores atendiendo al apartado siguiente. A dicha
reunión deberán ser convocados todos los profesores con destino definitivo en el departamento, incluyendo los que por cualquier motivo no estén ocupando puesto docente en dicho centro en el presente curso 2021-2022.
3. Celebradas las reuniones de los departamentos, estos remitirán la información a
los directores de los centros, con el fin de que dicho director cumplimente el formulario que
figura como Anexo I a la presente Resolución, indicando quiénes son los profesores que
han solicitado el cese voluntario, y ordenándolos dentro de cada departamento según los siguientes criterios:
a) En primer lugar, los catedráticos y los profesores que hubieran resultado efectivamente desplazados durante al menos dos cursos, el presente curso y el inmediatamente anterior.
b) A continuación, el resto de Catedráticos y Profesores del Departamento, ordenados atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: mayor número de años de
servicios efectivos como funcionario de carrera, mayor antigüedad con destino definitivo ininterrumpido en la plaza, mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente, pertenecer al Cuerpo de Catedráticos, y, por último, mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo.
En el caso de que en algún departamento no hubiese solicitudes se hará constar igualmente en el modelo anexo.
Cuarta
Presentación de solicitudes
El formulario citado en la base cuarta se cumplimentará, exclusivamente, por el Director del centro por medios electrónicos, accediéndose a este a través del portal www.comunidad.madrid, en la sección: “Servicios y trámites”, pestaña “Administración digital: Punto de
acceso general”, escribiendo en el texto del buscador “cese voluntario”. Se podrá acceder,
igualmente, a la solicitud a través del portal “personal +educación”, (comunidad.madrid/
servicios/personal-educacion), siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”,
“Concursos y cese voluntario”, “Cese voluntario”.
La presentación por el Director del centro se realizará, exclusivamente, de forma telemática dada la condición de empleado público, de conformidad con lo establecido en el
apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid y deberá ser remitido al Director del Área Territorial correspondiente en el plazo de quince días hábiles, a partir del
día siguiente de la publicación de esta convocatoria.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid, y expedido por prestadores incluidos en la “Lista de
confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones
que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion),
siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Tramitación electrónica”, “Certificado
electrónico”.
En caso de haberse presentado en tiempo y forma más de una solicitud para un departamento concreto, solo será tenida en cuenta la última presentada.
Quinta
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la resolución provisional por la que
se relaciona los catedráticos y profesores que obtienen el cese voluntario se publicará en el
portal www.comunidad.madrid, en la sección “Servicios y trámites”, dentro del apartado
“Administración digital: Punto de acceso general”, escribiendo en el texto del buscador
“Cese voluntario”. Estos listados podrán ser consultados, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”, al que se accede siguiendo la siguiente secuencia (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Cese voluntario”.
BOCM-20211001-4
Listados provisionales