B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (BOCM-20211001-12)
Convocatoria puesto –  Resolución de 2 de septiembre de 2021, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Servicio de Medicina Física y Rehabilitación en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 234

De los distintos subepígrafes “3.1.1 a 3.1.6”, solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos:
3.1.7. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública.
a) Con nombramiento por concurso o por libre designación de Jefe de
Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa: 0,3
puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa: 0,2
puntos.
3.1.8. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en especialidad
distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la
actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado”. de 20 de febrero de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.9. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad a
la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
3.1.10. Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la que se
concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros
con programa acreditado para la docencia de postgraduados por el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
3.1.12. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o no Sanitario: 0,015 puntos.
Los periodos valorables por cada uno de estos apartados no podrán ser nunca
coincidentes en el tiempo.
3.2. Participación en comisiones clínicas (máximo: 5 puntos):
3.2.1. Por participación en Comisiones Clínicas constituidas al amparo del
Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, como miembro designado, por
cada año completo de actividad, con un mínimo de asistencia documentada de cuatro reuniones al año, valorándose como máximo, la participación simultánea en dos comisiones: 0,25 puntos.
3.3. Actividad docente (máximo: 5 puntos):
3.3.1. Por impartir docencia a postgraduados en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 2 puntos. Por cada año: 0,2 puntos.
3.3.2. Por impartir docencia a pregraduados en Hospitales Universitarios, hasta
un máximo de 2 puntos.
Por cada año:
— Profesor titular: 0,3 puntos.
— Profesor asociado: 0,2 puntos.
— Profesor honorario: 0,1 puntos.
3.3.3. Por ejercer la tutoría de la especialidad, hasta un máximo de 1 punto (por
cada año): 0,2 puntos.
4. Actividad investigadora (máximo: 10 puntos):
4.1. Por cada participación, como investigador, en proyectos de investigación subvencionados por Instituciones Públicas, hasta un máximo de 3 puntos:
a) Investigador principal: 0,5 puntos.
b) Otro investigador: 0,2 puntos.
4.2. Por dirección de Tesis Doctorales, hasta un máximo de 1 punto: 0,2 puntos.

BOCM-20211001-12

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