C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211001-17)
Convenio colectivo – Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la modificación del convenio colectivo de la empresa Comar Inversiones Capital, S. A. U. (Centro de Trabajo de Aranjuez) (código número 28102581012019)
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BOCM
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 234
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA MODIFICACIÓN
DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU
CENTRO TRABAJO ARANJUEZ
(CÓDIGO ACUERDO 28102581012019)
En Aranjuez a 20 de agosto de 2021, reunidos en las dependencias del Casino de Aranjuez, con
motivo de la constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Centro de
Trabajo de Aranjuez de COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU y de acuerdo con lo establecido en
los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores,
Por una parte, en representación de la Empresa afectada por dicho Convenio.
D. Justo Velardos Quintana
D. Jose Luis Corral Rochela
Dña. Celia Macera Mesinas
Por otra parte, en representación de los trabajadores, (Comisión Negociadora - Comité de Empresa):
D. Sergio Gómez López
Dña. Paloma López Suarez
Dña. Miriam Rubio Carrasco
Dña. María Luisa Arrabales Gómez
Dña. María Laura Cortes Gandara
D. Jorge Arroyo Martínez
Dña. Nadia Carrión Merino
D. Cristian Catalin Pal
La parte empresarial manifiesta la necesidad de acometer las medidas de lucha contra el
absentismo en el centro de Aranjuez y ello de conformidad con las medidas que se han
implantado en el centro de trabajo de Gran Vía, motivo por el cual proponen la modificación del
artículo 44 del vigente Convenio Colectivo.
Las partes discuten y deliberan sobre las modificaciones al texto propuesto de forma que, tras
intercambiar y discutir las mismas, declaran finalizadas dichas deliberaciones y
ACUERDAN
PRIMERO: Modificar el artículo 44 conforme la redacción adjunta en el Anexo I que se acompaña
al presente.
En este sentido, expresamente, ambas partes aclaran que la voluntad de las partes es que la
mencionada modificación afecte por igual a los nuevos procesos de baja surgidos a partir de la
fecha de efectos del presente Acuerdo, así como a los procesos de baja vigentes, con efectos
económicos desde la entrada en vigor del presente acuerdo de modificación de convenio
colectivo.
SEGUNDO: Asimismo, ambas partes acuerdan aprobar el documento adjunto como texto del
nuevo Convenio Colectivo del Centro de Trabajo de Aranjuez de la Empresa Comar Inversiones
Capital SAU, el cual supone una modificación del artículo 44 (página 32-33).
TERCERO: Las partes se comprometen a firmar el nuevo texto del convenio al objeto de ser
registrado y publicado a la mayor brevedad.
CUARTO: Habida cuenta de que las representaciones sindicales firmantes ostentan la mayoría en
el seno del Comité de Empresa y también en la Comisión Negociadora para la representación de
los trabajadores, el presente Convenio tiene la consideración de Estatuto y, por tanto, de
BOCM-20211001-17
Pág. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 234
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA MODIFICACIÓN
DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU
CENTRO TRABAJO ARANJUEZ
(CÓDIGO ACUERDO 28102581012019)
En Aranjuez a 20 de agosto de 2021, reunidos en las dependencias del Casino de Aranjuez, con
motivo de la constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Centro de
Trabajo de Aranjuez de COMAR INVERSIONES CAPITAL SAU y de acuerdo con lo establecido en
los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores,
Por una parte, en representación de la Empresa afectada por dicho Convenio.
D. Justo Velardos Quintana
D. Jose Luis Corral Rochela
Dña. Celia Macera Mesinas
Por otra parte, en representación de los trabajadores, (Comisión Negociadora - Comité de Empresa):
D. Sergio Gómez López
Dña. Paloma López Suarez
Dña. Miriam Rubio Carrasco
Dña. María Luisa Arrabales Gómez
Dña. María Laura Cortes Gandara
D. Jorge Arroyo Martínez
Dña. Nadia Carrión Merino
D. Cristian Catalin Pal
La parte empresarial manifiesta la necesidad de acometer las medidas de lucha contra el
absentismo en el centro de Aranjuez y ello de conformidad con las medidas que se han
implantado en el centro de trabajo de Gran Vía, motivo por el cual proponen la modificación del
artículo 44 del vigente Convenio Colectivo.
Las partes discuten y deliberan sobre las modificaciones al texto propuesto de forma que, tras
intercambiar y discutir las mismas, declaran finalizadas dichas deliberaciones y
ACUERDAN
PRIMERO: Modificar el artículo 44 conforme la redacción adjunta en el Anexo I que se acompaña
al presente.
En este sentido, expresamente, ambas partes aclaran que la voluntad de las partes es que la
mencionada modificación afecte por igual a los nuevos procesos de baja surgidos a partir de la
fecha de efectos del presente Acuerdo, así como a los procesos de baja vigentes, con efectos
económicos desde la entrada en vigor del presente acuerdo de modificación de convenio
colectivo.
SEGUNDO: Asimismo, ambas partes acuerdan aprobar el documento adjunto como texto del
nuevo Convenio Colectivo del Centro de Trabajo de Aranjuez de la Empresa Comar Inversiones
Capital SAU, el cual supone una modificación del artículo 44 (página 32-33).
TERCERO: Las partes se comprometen a firmar el nuevo texto del convenio al objeto de ser
registrado y publicado a la mayor brevedad.
CUARTO: Habida cuenta de que las representaciones sindicales firmantes ostentan la mayoría en
el seno del Comité de Empresa y también en la Comisión Negociadora para la representación de
los trabajadores, el presente Convenio tiene la consideración de Estatuto y, por tanto, de
BOCM-20211001-17
Pág. 130
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