Coslada número 6 (BOCM-20210930-74)
Procedimiento 636/2015
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 173
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
74
COSLADA NÚMERO 6
EDICTO
Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Coslada.
BOCM-20210930-74
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 636/2015, instados por la procuradora doña Olga Gutiérrez Álvarez, en nombre y representación de Santander Consumer Finance, S. A., contra doña Adriana Barlea y don Ciprian
Ionut Miron, en los que se ha dictado, en fecha 1 de febrero de 2017, sentencia, cuyo fallo
es el siguiente:
Que en fecha 1 de febrero de 2017, ha recaído sentencia en el presente procedimiento,
que está a disposición de los demandados doña Adriana Barlea y don Ciprian Ionut Miron
en la Secretaría de este Juzgado, la cual no es firme y cabe contra ella recurso de apelación
en el plazo de veinte días desde su notificación.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción 6/12 de la Secretaría General de la
Administración de Justicia.
En Coslada, a 28 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/27.221/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 173
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
74
COSLADA NÚMERO 6
EDICTO
Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Coslada.
BOCM-20210930-74
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 636/2015, instados por la procuradora doña Olga Gutiérrez Álvarez, en nombre y representación de Santander Consumer Finance, S. A., contra doña Adriana Barlea y don Ciprian
Ionut Miron, en los que se ha dictado, en fecha 1 de febrero de 2017, sentencia, cuyo fallo
es el siguiente:
Que en fecha 1 de febrero de 2017, ha recaído sentencia en el presente procedimiento,
que está a disposición de los demandados doña Adriana Barlea y don Ciprian Ionut Miron
en la Secretaría de este Juzgado, la cual no es firme y cabe contra ella recurso de apelación
en el plazo de veinte días desde su notificación.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la instrucción 6/12 de la Secretaría General de la
Administración de Justicia.
En Coslada, a 28 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/27.221/21)
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ISSN 1989-4791