B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210930-4)
Concurso de méritos –  Orden de 21 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 15 de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2021), por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 233

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
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ORDEN de 21 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 15
de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril
de 2021), por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios
puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por
el procedimiento de Concurso de Méritos.

Por Orden de 15 de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 26 de abril de 2021), de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos. Decreto 42/2021, de 19 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2021), por el que la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior asume las competencias de la anterior Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la
Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las
convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 7 de septiembre), y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
(“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Declarar desiertos los puestos que figuran en el Anexo.
Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Pro-

BOCM-20210930-4

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