Boadilla del Monte (BOCM-20210928-56)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
BOADILLA DEL MONTE
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Economía, Hacienda, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal,
Régimen Interior y Compras número 4423/2021, de 10 de septiembre, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
“1.o Designar, como nuevos miembros titulares y suplentes de la vocalía cuarta del
proceso selectivo convocado para la cobertura, en propiedad, por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición, de una
plaza de personal funcionario de arquitecto técnico del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, nombrados por decreto número 2589/2021, de 20 de mayo, del segundo teniente de alcalde (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131, de 3 de junio de 2021),
del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y
Compras, y con motivo de circunstancias sobrevenidas que afectan a los designados inicialmente, a los siguientes:
— Titular: doña María A. García Blázquez, administrativa-jefe de Negociado del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Suplente: doña María Antonia Hernández
Hernández, auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y web municipal.
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10
de abril de 2014.
BOCM-20210928-56
OFERTAS DE EMPLEO
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
BOADILLA DEL MONTE
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Economía, Hacienda, Patrimonio, Comunicación, Coordinación, Personal,
Régimen Interior y Compras número 4423/2021, de 10 de septiembre, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
“1.o Designar, como nuevos miembros titulares y suplentes de la vocalía cuarta del
proceso selectivo convocado para la cobertura, en propiedad, por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición, de una
plaza de personal funcionario de arquitecto técnico del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, nombrados por decreto número 2589/2021, de 20 de mayo, del segundo teniente de alcalde (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131, de 3 de junio de 2021),
del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y
Compras, y con motivo de circunstancias sobrevenidas que afectan a los designados inicialmente, a los siguientes:
— Titular: doña María A. García Blázquez, administrativa-jefe de Negociado del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Suplente: doña María Antonia Hernández
Hernández, auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y web municipal.
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10
de abril de 2014.
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