D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210928-32)
Convenio – Convenio específico de 15 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la decoración y equipamiento de un despacho de la planta baja del edificio del Hospital Materno Infantil del Hospital Universitario “La Paz”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 159
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados y/o en tratamiento y de sus cuidadores,
mediante la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” que consistirán
en la decoración y equipamiento con mobiliario de un despacho de la planta baja del Edificio del Hospital Materno Infantil del Hospital Universitario “La Paz”. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes, sus familiares y sus cuidadores se sientan en un entorno más acogedor, de acuerdo a las
actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Universitario “La Paz”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital Universitario “La Paz”.
— Determinar el espacio físico en que se procederá a la reforma hasta su conclusión.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital Universitario “La Paz”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse, todo ello en el caso de su
conformidad con lo estipulado y con la normativa vigente.
— Proceder, una vez concluida la reforma, conforme a lo estipulado y a la normativa
vigente, a la recepción de la obra y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
— Asumir, una vez recepcionadas las obras, todos los gastos derivados del mantenimiento, su uso y conservación a fin de mantener las obras de acuerdo con el proyecto entregado mediante la realización de las tareas periódicas y puntuales precisas para su adecuado mantenimiento y conservación.
3. La Fundación Aladina se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el Anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital Universitario “La Paz”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
BOCM-20210928-32
Compromisos de las partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 231
MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 159
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados y/o en tratamiento y de sus cuidadores,
mediante la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” que consistirán
en la decoración y equipamiento con mobiliario de un despacho de la planta baja del Edificio del Hospital Materno Infantil del Hospital Universitario “La Paz”. El objetivo prioritario es conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes, sus familiares y sus cuidadores se sientan en un entorno más acogedor, de acuerdo a las
actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Universitario “La Paz”.
— Difundir en la página web de la Consejería de Sanidad el enlace de acceso a la memoria anual de la Fundación detallando la actividad objeto del presente convenio,
al objeto de facilitar la información a ciudadanos y profesionales sanitarios.
2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Facilitar a la Fundación toda la información técnica y de cualquier otra naturaleza
o tipo que tenga a su disposición y sea necesaria para la ejecución de lo previsto
en el Hospital Universitario “La Paz”.
— Determinar el espacio físico en que se procederá a la reforma hasta su conclusión.
— Coordinar junto con la Fundación las obras de ejecución a través de sus equipos
técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por la Fundación en
este sentido, habrán de ser previamente consensuadas con el equipo técnico del
Hospital Universitario “La Paz”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
— Validar y aprobar cada una de las fases del proyecto, así como la aprobación previa para cualesquiera cambios que pudieran producirse, todo ello en el caso de su
conformidad con lo estipulado y con la normativa vigente.
— Proceder, una vez concluida la reforma, conforme a lo estipulado y a la normativa
vigente, a la recepción de la obra y a efectuar los trámites oportunos para la inclusión y registro de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
— Asumir, una vez recepcionadas las obras, todos los gastos derivados del mantenimiento, su uso y conservación a fin de mantener las obras de acuerdo con el proyecto entregado mediante la realización de las tareas periódicas y puntuales precisas para su adecuado mantenimiento y conservación.
3. La Fundación Aladina se compromete a:
— Invertir las cantidades necesarias para concluir la ejecución del proyecto, cuyo
presupuesto y plazos de ejecución figuran en el Anexo I.
— Contratar los medios técnicos y humanos necesarios para la realización del proyecto, contratando directamente con las sociedades y entidades que considere
oportunas para su ejecución.
— Coordinar, junto con el Servicio Madrileño de Salud, las obras de ejecución a través de sus equipos técnicos, de tal manera que todas las actuaciones a realizar por
la fundación, habrán de ser previamente consensuadas con el Servicio Madrileño
de Salud a través del equipo técnico del Hospital Universitario “La Paz”, de acuerdo a los requisitos técnicos y de seguridad que la intervención requiera.
BOCM-20210928-32
Compromisos de las partes