Morata de Tajuña (BOCM-20210927-44)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana año 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/584204).
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana año 2021.
Mediante acuerdo plenario de 27 de mayo de 2021 se aprueban las Bases reguladoras
para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza para el año 2021
del Ayuntamiento de Morata de Tajuña.
Posteriormente se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 6 de agosto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tras la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Junta
de Gobierno Local en sesión celebrada el pasado 10 de septiembre de 2021, como órgano
competente, procedió a la aprobación de la Convocatoria para la concesión de ayudas para
el mantenimiento de la actividad empresarial (autónomos y pequeñas empresas) destinadas
a empresas de Morata de Tajuña.
Objeto.—El Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en el ejercicio de las potestades que le
son propias, otorgadas por la legislación vigente, así como en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece las presentes bases reguladoras, mediante las que se regularán las ayudas sociales para la colaboración pública en el pago de la obligación tributaria derivada del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana de aquellas unidades familiares con
menos recursos, con la finalidad de que sus beneficiarios puedan hacer frente a los correspondientes recibos periódicos que se giren para gravar el hecho imponible del impuesto mencionado, referido al ejercicio fiscal de 2021.
Beneficiarios.—Resultarán beneficiarios de la presente ayuda las personas físicas que
sean sujetos pasivos del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio fiscal de 2021, cuando dicho inmueble constituya su residencia habitual, y que acrediten la condición de ser su domicilio de empadronamiento a la fecha del devengo (1 de enero de 2021)
del tributo siempre que reúnan los siguientes requisitos acreditados documentalmente.
a) Que los ingresos anuales de la unidad familiar no supera en 2,5 veces el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM); debiendo integrarse por tanto
para su determinación las rentas de todos los miembros de la unidad familiar. A
estos efectos, se considerará unidad familiar, el conjunto de personas que figuren
inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes, como residentes en la vivienda de
referencia, con independencia de los vínculos jurídicos o familiares que pudieran
existir entre ellos, a fecha 1 de enero de 2021.
b) La renta de la unidad familiar se determinará sumando los ingresos incluidos en la
Declaración de la Renta del ejercicio 2020 (casillas 380 más 395) o los ingresos
que figuren en el Certificado de imputaciones de aquellos contribuyentes que no
tengan obligación de presentar declaración de la renta del 2020, emitido por la
Agencia Tributaria, de cada uno de los miembros de la unidad familiar (excepto
los menores de dieciséis años).
BOCM-20210927-44
BDNS (Identif.): 584204
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana año 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/584204).
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana año 2021.
Mediante acuerdo plenario de 27 de mayo de 2021 se aprueban las Bases reguladoras
para la concesión de ayudas de carácter social para la colaboración en el pago de la obligación tributaria derivada del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza para el año 2021
del Ayuntamiento de Morata de Tajuña.
Posteriormente se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 6 de agosto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tras la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Junta
de Gobierno Local en sesión celebrada el pasado 10 de septiembre de 2021, como órgano
competente, procedió a la aprobación de la Convocatoria para la concesión de ayudas para
el mantenimiento de la actividad empresarial (autónomos y pequeñas empresas) destinadas
a empresas de Morata de Tajuña.
Objeto.—El Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en el ejercicio de las potestades que le
son propias, otorgadas por la legislación vigente, así como en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece las presentes bases reguladoras, mediante las que se regularán las ayudas sociales para la colaboración pública en el pago de la obligación tributaria derivada del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana de aquellas unidades familiares con
menos recursos, con la finalidad de que sus beneficiarios puedan hacer frente a los correspondientes recibos periódicos que se giren para gravar el hecho imponible del impuesto mencionado, referido al ejercicio fiscal de 2021.
Beneficiarios.—Resultarán beneficiarios de la presente ayuda las personas físicas que
sean sujetos pasivos del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio fiscal de 2021, cuando dicho inmueble constituya su residencia habitual, y que acrediten la condición de ser su domicilio de empadronamiento a la fecha del devengo (1 de enero de 2021)
del tributo siempre que reúnan los siguientes requisitos acreditados documentalmente.
a) Que los ingresos anuales de la unidad familiar no supera en 2,5 veces el Indicador
Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM); debiendo integrarse por tanto
para su determinación las rentas de todos los miembros de la unidad familiar. A
estos efectos, se considerará unidad familiar, el conjunto de personas que figuren
inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes, como residentes en la vivienda de
referencia, con independencia de los vínculos jurídicos o familiares que pudieran
existir entre ellos, a fecha 1 de enero de 2021.
b) La renta de la unidad familiar se determinará sumando los ingresos incluidos en la
Declaración de la Renta del ejercicio 2020 (casillas 380 más 395) o los ingresos
que figuren en el Certificado de imputaciones de aquellos contribuyentes que no
tengan obligación de presentar declaración de la renta del 2020, emitido por la
Agencia Tributaria, de cada uno de los miembros de la unidad familiar (excepto
los menores de dieciséis años).
BOCM-20210927-44
BDNS (Identif.): 584204