B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210927-4)
Puesto libre designación – Acuerdo 2792/2021, de 16 de septiembre, del Consejo de Administración de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se adjudican, con carácter definitivo, los puestos de carrera convocados mediante Resolución 557/2021, de 29 de abril, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, de puestos de carrera vacantes en el organismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo)
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
Tercero
El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto
obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a esta adjudicación.
Cuarto
BOCM-20210927-4
El presente Acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Contra el presente Acuerdo y las actuaciones que se deriven del mismo, podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley
36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 16 de septiembre de2021.—El Consejo de Administración de la AMAS, P. D.
(Acuerdo Consejo de Administración de 25 de octubre de 2017), el Gerente de la Agencia
Madrileña de Atención Social, José Manuel Miranda de las Heras.
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 230
Tercero
El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto
obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a esta adjudicación.
Cuarto
BOCM-20210927-4
El presente Acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Contra el presente Acuerdo y las actuaciones que se deriven del mismo, podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley
36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 16 de septiembre de2021.—El Consejo de Administración de la AMAS, P. D.
(Acuerdo Consejo de Administración de 25 de octubre de 2017), el Gerente de la Agencia
Madrileña de Atención Social, José Manuel Miranda de las Heras.