Móstoles número 1 (BOCM-20210927-78)
Ejecución 106/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
78
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 106/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. GORETTI PANDURO SÁNCHEZ frente a GRÁFICAS GRACOR S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto
de fecha 07/06/2021 y Decreto de 14/07/2021 de insolvencia, cuya parte dispositiva es la
siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación a favor de la parte ejecutante, D./Dña. GORETTI PANDURO SÁNCHEZ, frente a la demandada GRÁFICAS
GRACOR S.L., parte ejecutada, por un principal de 3.242,71 euros, más 550 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000-64-0106-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.242,71 euros de principal, más 550 euros de intereses y calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado GRÁFICAS GRACOR S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRÁFICAS GRACOR S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210927-78
PARTE DISPOSITIVA
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 297
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
78
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 106/2021-V, de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. GORETTI PANDURO SÁNCHEZ frente a GRÁFICAS GRACOR S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto
de fecha 07/06/2021 y Decreto de 14/07/2021 de insolvencia, cuya parte dispositiva es la
siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación a favor de la parte ejecutante, D./Dña. GORETTI PANDURO SÁNCHEZ, frente a la demandada GRÁFICAS
GRACOR S.L., parte ejecutada, por un principal de 3.242,71 euros, más 550 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2850-0000-64-0106-21.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.242,71 euros de principal, más 550 euros de intereses y calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado GRÁFICAS GRACOR S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRÁFICAS GRACOR S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20210927-78
PARTE DISPOSITIVA