C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210927-17)
Concesión becas – Orden 2815/2021, de 21 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2021-2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
17
ORDEN 2815/2021, de 21 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para
el curso 2021-2022.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 7 de julio de 2020). Igualmente, mediante la Orden 1206/2021, de 6 de
mayo, del Consejero de Educación y Juventud, se aprobó la convocatoria de becas para el
estudio de Bachillerato correspondiente al curso 2021-2022 (publicada en extracto el 13 de
mayo de 2021).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado séptimo de la Orden 1206/2021, se publicaron, con fecha 15 de junio de 2021, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas,
abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 16 de junio al 6 de julio, ambos inclusive.
Tercero
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración, tras analizar el
número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al amparo de lo establecido en el apartado noveno de la Orden 1206/2021, proponer la concesión de beca a todas
aquellas solicitudes que habían reunido los requisitos exigidos en la convocatoria, al existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas.
Cuarto
La Comisión de Valoración elevó propuesta de resolución al Consejero de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno.
Primero
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Orden 1410/2020, de 1 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
Vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración,
BOCM-20210927-17
FUNDAMENTOS DE DERECHO
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
17
ORDEN 2815/2021, de 21 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid para
el curso 2021-2022.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1410/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Educación y Juventud, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 7 de julio de 2020). Igualmente, mediante la Orden 1206/2021, de 6 de
mayo, del Consejero de Educación y Juventud, se aprobó la convocatoria de becas para el
estudio de Bachillerato correspondiente al curso 2021-2022 (publicada en extracto el 13 de
mayo de 2021).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado séptimo de la Orden 1206/2021, se publicaron, con fecha 15 de junio de 2021, las listas de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas,
abriéndose a partir del día siguiente un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 16 de junio al 6 de julio, ambos inclusive.
Tercero
Transcurrido el período de subsanación, la Comisión de Valoración, tras analizar el
número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al amparo de lo establecido en el apartado noveno de la Orden 1206/2021, proponer la concesión de beca a todas
aquellas solicitudes que habían reunido los requisitos exigidos en la convocatoria, al existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas.
Cuarto
La Comisión de Valoración elevó propuesta de resolución al Consejero de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno.
Primero
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Orden 1410/2020, de 1 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
Vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración,
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