Móstoles número 2 (BOCM-20210925-12)
Ejecución 168/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
12

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Admón. de Justicia en sustitución en el
Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en la Ejecución 168/2021, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. AURELIO MARTÍN LANCHAS, Dña. ANA MARÍA MARGALLO CORONADO y D. ELMO MARTÍN MARGALLO frente a ANGLON SERVICIOS INTEGRALES S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha
07/09/2021, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D.
AURELIO MARTÍN LANCHAS, Dña. ANA MARÍA MARGALLO CORONADO y D.
ELMO MARTÍN MARGALLO, frente a la demandada ANGLON SERVICIOS INTEGRALES S.L., parte ejecutada, por un principal de 15.034,72 euros, más 1.503,47 euros de
interés por mora y 1.654,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación, con el siguiente desglose:
AURELIO MARTÍN LANCHAS:
Principal: 2.985,41 euros.
Interés por mora: 298,54 euros.
ANA MARÍA MARGALLO CORONADO:
Principal: 6.267,80 euros.
Interés por mora: 626,78 euros.
ELMO MARTÍN MARGALLO:
Principal: 5.781,51 euros.
Interés por Mora: 578,15 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2851-0000-64-0168-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Dª. Ana
Fernández Valenti.
LA MAGISTRADA-JUEZ

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en DIEZE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.

BOCM-20210925-12

PARTE DISPOSTIVA