Madrid (BOCM-20210924-37)
Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 220

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 228

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán
Extracto del Decreto de 10 de septiembre de 2021, del distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se que se aprueban las bases de la primera edición del certamen “12 meses, 12 artes” del distrito de Tetuán 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Podrá participar en el certamen cualquier persona mayor
de edad residente en el distrito de Tetuán que posea dotes artísticas y esté interesada en
mostrar su obra creativa.
Categorías y modalidades:
Este certamen presenta las siguientes modalidades:
— Fotografía.
— Creación y confección de moda.
— Cómic.
— Pintura rápida.
— Corto cinematográfico.
En cada una de estas modalidades existirá una única categoría:
— Premio a la mejor fotografía.
— Premio a la mejor creación o confección de moda.
— Premio al mejor cómic.
— Premio a la mejor obra de pintura rápida.
— Premio al mejor corto cinematográfico.
Segundo. Objeto.—Fomentar la participación del vecindario en la vida cultural del
distrito, dando a conocer su capacidad creativa; promocionar expresiones artísticas menos
accesibles para el público en general; dar visibilidad y apoyo a aquellas personas cuya actividad profesional depende de la creación artística en cualquiera de sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras.—La disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus Organismos Autónomos, de 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia,
modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017;
en su defecto, se regularán por lo dispuesto en la citada ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y su reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable; y por las demás disposiciones que resulten de
aplicación.
Cuarto.—Cuantía:
— Fotografía: una única categoría, “premio a la mejor fotografía”, dotado con 1.000 euros.
— Creación y confección de moda: una única categoría, “premio a la mejor creación
o confección de moda”, dotado con 1.000 euros.
— Cómic: una única categoría, “premio al mejor cómic”, dotado con 1.000 euros.
— Pintura rápida: una única categoría, “premio a la mejor obra de pintura rápida”,
dotado con 1.000 euros.

BOCM-20210924-37

BDNS: 583989