C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210924-16)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 870/2021, de 14 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en los programas destinados a la adopción y al mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica para el período 2021-2023, así como a la convocatoria de la primera anualidad de ambos programas correspondiente al año 2021, cofinanciados por FEADER y por la Administración General del Estado
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 108

VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 228

— La regulación del resto de las anualidades de estos programas de adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica para el período 2021-2023 de la Comunidad de Madrid, conforme a lo que se establece en
la disposición 27 y 34 de la Orden de convocatoria.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 985/2018, de 27 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración
Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las
bases reguladoras de la concesión de ayudas a la adopción y mantenimiento de prácticas y
métodos de agricultura o ganadería ecológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), según el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 130, de 1 de junio de 2018).
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 900.000
euros, distribuido en tres anualidades (2021/2023) de 300.000 euros cada una, correspondiendo al programa de adopción 150.000 euros en cada anualidad y al de mantenimiento
150.000 euros en cada anualidad y estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 por 100, por la Administración General del Estado en un 7,5 por 100 y por la Comunidad de Madrid, en un 17,5 por 100 restante.
Su financiación se efectuará con cargo al subconcepto 77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid.
El cálculo de la anualidad de la ayuda de cada programa para la adopción y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura o ganadería ecológica, para cada beneficiario
se obtendrá mediante el producto de las primas básicas unitarias fijadas y la superficie objeto de la ayuda. Dichas primas se especifican, para cada caso y grupo de cultivos, en las
disposiciones cuarta y sexta de la Orden de convocatoria.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente
extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 14 de septiembre de 2021.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN

BOCM-20210924-16

(03/27.484/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791