Madrid número 4 (BOCM-20210923-58)
Procedimiento 327/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 227

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
58

MADRID NÚMERO 4
EDICTO

D./DÑA. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE MADRID.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves nº 327/2021 se ha dictado la
presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 38/2021
Ilmo Sr MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS.
Lugar: Madrid.
Fecha: veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
Vistos por mí, D./DÑA. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, Ilmo Sr MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 327/2021, contra D./Dña. ALTIN AKIN EMIRASAN y D./Dña.
TITILE MEMET, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades
que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S. M. el Rey, dicto la siguiente
Sentencia.
FALLO
Que debo condenar y condeno a ALTIN AKIN EMIRASAN y TITILE MEMET como
autor responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, tipificada en el artículo 234.2 y 3, del Código Penal a la pena de 35 DE MULTA, con una cuota diaria de 3 euros
por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.
Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.
Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por
cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y
cabe interponer recurso de apelación dentro de los CINCO días siguientes a su notificación,
ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que
en el plazo de 10 días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso o transferencia al
BANCO DE SANTANDER cuenta 2464-0000-A1-2021-0327-21.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/26.711/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210923-58

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. ALTIN AKIN EMIRASAN, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de
COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.