Leganés (BOCM-20210923-43)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 227
11. Formalización en documento administrativo de las concesiones patrimoniales,
así como de las adquisiciones, enajenaciones, arrendamiento y constitución de derechos
reales sobre los bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial.
12. Gestión del inventario municipal de bienes.
13. Seguros municipales. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes de responsabilidad patrimonial y reclamaciones de daños.
14. Coordinación de los procesos de actualización y novación de ordenanzas y reglamentos municipales excepto las ordenanzas fiscales.
15. Gestión de recursos humanos (situaciones administrativas, registro de personal,
adscripciones a puestos de trabajo, negociación colectiva, jornadas y horarios).
16. Relaciones laborales y acción social.
17. Gestión de las actividades formativas del personal y la aprobación, desarrollo y
ejecución del Plan de Formación Continua y del Plan de Igualdad.
18. Seguridad, salud y prevención de riesgos laborales.
19. La gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la distribución de
las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas, así como su asignación
individualizada.
20. Selección y contratación del personal: gestión de la Oferta de Empleo Pública (OEP).
21. Interlocución y mediación entre el Ayuntamiento y los vecinos y vecinas del barrio de Valdepelayos, para atender sus propuestas y demandas.
Quinto.—Delegar las siguientes competencias en el titular de la Concejalía-Delegada
de Obras e Infraestructuras:
1. Ejecución de obras de reparación, conservación de las vías, espacios públicos y
equipamiento urbano.
2. Obras de construcción de infraestructuras urbanas.
3. Desarrollo y ejecución de la reparación y conservación de la señalización para la
mejora del tráfico, alumbrado y galerías de servicios.
4. Política de aparcamientos subterráneos y en superficie.
5. Construcción, mantenimiento y conservación de edificios de titularidad municipal.
6. Gestión del agua de red, fuentes y aguas residuales (saneamiento).
7. Fuentes ornamentales.
8. Almacén municipal.
9. Representación en las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación.
10. El Programa de Inversión Regional (PIR).
11. La Empresa Municipal del Suelo, EMSULE, S. A. U.
Sexto.—Delegar las siguientes competencias en la titular de la Concejalía-Delegada
de Hacienda, Contratación e Igualdad:
1. Hacienda.
2. Intervención.
3. Tesorería y Recaudación.
4. Disposición de cuentas bancarias de forma mancomunada con el o la titular de la
Intervención y la Tesorería.
5. Estadística, excepto el Padrón de Habitantes.
6. Presupuestos y ordenanzas fiscales.
7. Gestión de ingresos.
8. Inspección de tributos.
9. Política financiera.
10. Contratación y compras centralizadas.
11. Reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de
gastos, legalmente adquiridos, al que se refiere el artículo 185 de la LRLHL, de acuerdo con
las bases de ejecución del presupuesto, a excepción de los que hayan sido expresamente delegados en otros órganos.
12. Ordenación de pagos al que se refiere el artículo 186 de la LRLHL.
13. Políticas de igualdad.
14. Punto municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.
15. Centro de emergencia.
16. Interlocución y mediación entre el Ayuntamiento y los vecinos y vecinas del barrio Centro-Sur, para atender sus propuestas y demandas.
BOCM-20210923-43
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 227
11. Formalización en documento administrativo de las concesiones patrimoniales,
así como de las adquisiciones, enajenaciones, arrendamiento y constitución de derechos
reales sobre los bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial.
12. Gestión del inventario municipal de bienes.
13. Seguros municipales. Incoación, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes de responsabilidad patrimonial y reclamaciones de daños.
14. Coordinación de los procesos de actualización y novación de ordenanzas y reglamentos municipales excepto las ordenanzas fiscales.
15. Gestión de recursos humanos (situaciones administrativas, registro de personal,
adscripciones a puestos de trabajo, negociación colectiva, jornadas y horarios).
16. Relaciones laborales y acción social.
17. Gestión de las actividades formativas del personal y la aprobación, desarrollo y
ejecución del Plan de Formación Continua y del Plan de Igualdad.
18. Seguridad, salud y prevención de riesgos laborales.
19. La gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la distribución de
las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas, así como su asignación
individualizada.
20. Selección y contratación del personal: gestión de la Oferta de Empleo Pública (OEP).
21. Interlocución y mediación entre el Ayuntamiento y los vecinos y vecinas del barrio de Valdepelayos, para atender sus propuestas y demandas.
Quinto.—Delegar las siguientes competencias en el titular de la Concejalía-Delegada
de Obras e Infraestructuras:
1. Ejecución de obras de reparación, conservación de las vías, espacios públicos y
equipamiento urbano.
2. Obras de construcción de infraestructuras urbanas.
3. Desarrollo y ejecución de la reparación y conservación de la señalización para la
mejora del tráfico, alumbrado y galerías de servicios.
4. Política de aparcamientos subterráneos y en superficie.
5. Construcción, mantenimiento y conservación de edificios de titularidad municipal.
6. Gestión del agua de red, fuentes y aguas residuales (saneamiento).
7. Fuentes ornamentales.
8. Almacén municipal.
9. Representación en las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación.
10. El Programa de Inversión Regional (PIR).
11. La Empresa Municipal del Suelo, EMSULE, S. A. U.
Sexto.—Delegar las siguientes competencias en la titular de la Concejalía-Delegada
de Hacienda, Contratación e Igualdad:
1. Hacienda.
2. Intervención.
3. Tesorería y Recaudación.
4. Disposición de cuentas bancarias de forma mancomunada con el o la titular de la
Intervención y la Tesorería.
5. Estadística, excepto el Padrón de Habitantes.
6. Presupuestos y ordenanzas fiscales.
7. Gestión de ingresos.
8. Inspección de tributos.
9. Política financiera.
10. Contratación y compras centralizadas.
11. Reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de
gastos, legalmente adquiridos, al que se refiere el artículo 185 de la LRLHL, de acuerdo con
las bases de ejecución del presupuesto, a excepción de los que hayan sido expresamente delegados en otros órganos.
12. Ordenación de pagos al que se refiere el artículo 186 de la LRLHL.
13. Políticas de igualdad.
14. Punto municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.
15. Centro de emergencia.
16. Interlocución y mediación entre el Ayuntamiento y los vecinos y vecinas del barrio Centro-Sur, para atender sus propuestas y demandas.
BOCM-20210923-43
BOCM