C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210923-12)
Fiestas laborales –  Decreto 219/2021, de 22 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2022 en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 38

JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 227

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
12

DECRETO 219/2021, de 22 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establecen las fiestas laborales para el año 2022 en la Comunidad de Madrid.

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando
fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto 1346/1989,
de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la disposición derogatoria única
del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito nacional.
En su virtud, oídos los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las Instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid,
a propuesta de la Consejera de Presidencia, Justicia e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de septiembre de 2021,
DISPONE
Apartado único
Calendario laboral para el año 2022
El calendario laboral resultante para el año 2022 en el ámbito de la Comunidad de Madrid
es el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de las dos
fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Comunicación al Ministerio de Trabajo y Economía Social
De lo dispuesto en el presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo y Economía Social antes del 30 de septiembre de 2021.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Producción de efectos
El presente Decreto producirá efectos el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 22 de septiembre de 2021.

DE LA

El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,
ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ

ANEXO
FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 20221





1 de enero (sábado), Año Nuevo.
6 de enero (jueves), Epifanía del Señor.
14 de abril, Jueves Santo.
15 de abril, Viernes Santo.

BOCM-20210923-12

La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO