C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210923-17)
Bases subvenciones –  Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 51

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones
a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid.

De conformidad con el artículo 26.1.24 de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad
de Madrid ostenta la competencia exclusiva para el desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud.
En ejercicio de dicha competencia se dictó la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud, con el propósito de establecer un marco normativo para el desarrollo de las políticas promovidas por la Comunidad de Madrid en favor de los jóvenes, con el fin de facilitar
y mejorar su desarrollo personal, familiar, social, educativo, económico, político y cultural,
como ordena el artículo 48 de la Constitución, y generar las condiciones necesarias que posibiliten su transición hacia la vida adulta en todas sus dimensiones.
De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo X de la citada Ley, por el que se regula las
medidas tendentes a favorecer el asociacionismo y el voluntariado juvenil, la Comunidad
de Madrid, con el fin de facilitar la participación de los jóvenes en la sociedad y fomentar
una conciencia de responsabilidad social, impulsará el asociacionismo y el voluntariado juvenil pudiendo valerse para ello, entre otros medios, de la concesión de subvenciones para
actividades, equipamiento y formación. Además, tal y como recoge la citada Ley, estas subvenciones podrán hacerse efectivas mediante anticipos y abonos a cuenta en los términos y
con los requisitos y garantías que a tales efectos establece la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid y demás normativa que sea de aplicación.
Así, con la finalidad de promocionar actividades y servicios para la juventud en la región, corresponde a la Dirección General de Juventud el impulso, la coordinación y el seguimiento de las acciones dirigidas a la juventud desde los distintos ámbitos de la Administración autonómica, la promoción, gestión y seguimiento de programas de actividades
juveniles, especialmente aquellos orientados a la educación no formal en el ocio y tiempo
libre, así como la promoción de intercambios, programas e iniciativas de carácter cultural,
artístico y social.
Al amparo de este marco, las ayudas cuya concesión se regula a través de la presente orden, tienen como finalidad fomentar que, desde las entidades sin fines de lucro, se desarrollen
acciones dirigidas a los jóvenes, dentro del ámbito del trabajo voluntario en beneficio de la comunidad y la formación de relaciones personales entre jóvenes de diferentes regiones.
El programa “Campos de Voluntariado Juvenil” de la Comunidad de Madrid es un
programa a través del cual, la dirección general competente en materia de juventud viene
desarrollando desde hace más de 30 años, en colaboración con el Instituto de la Juventud
(INJUVE), otras Comunidades Autónomas y organizaciones internacionales, proyectos
para la participación de jóvenes en la vida social y cultural de la región. Los campos de voluntariado juvenil, desde el marco de la educación no formal, inciden en el fomento de valores solidarios y en la adquisición y desarrollo de actitudes de cooperación con la sociedad, constituyéndose como el marco idóneo para el trabajo con los jóvenes. Se trata de una
forma particular de servicio voluntario que cuenta con una larga tradición e implantación
en nuestro país y en todo el mundo, y a través de los cuales grupos de jóvenes de diferentes procedencias se comprometen, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un trabajo de proyección social como medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación o aprendizaje intercultural.
Así mismo, se considera que incentivar la labor de las entidades sin ánimo de lucro
para que desarrollen este tipo de acciones, que suponen, en definitiva, un beneficio para los
jóvenes de la región, es la mejor alternativa para completar y complementar la labor que ya
desarrolla por sí misma la Administración autonómica. Y esta actividad de fomento encuentra su mejor cauce, en este caso, en la subvención, puesto que, a través de la misma,
mediante la determinación de las condiciones que han de reunir los proyectos a subvencio-

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