Madrid (BOCM-20210922-26)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 82
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 226
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
26
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar
Extracto del Decreto de 7 de septiembre de 2021, del delegado del Área de Gobierno de
Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprueba la convocatoria pública de concesión de becas para la escolarización en el curso escolar 2021-2022
en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada del municipio de
Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
BDNS IDENTIF: 583592
Primero. Objeto
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a los padres, madres, tutores/as o representantes legales de niñas y niños de 0 a 3 años que cumplan con los
requisitos para ser admitidos en el primer ciclo de Educación Infantil, para el abono de la
cuota mensual (incluyendo matrícula, mensualidad, comedor y horario ampliado) de centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
Padres, madres, tutores/as o representantes legales de niñas y niños de 0 a 3 años que
cumplan los siguientes requisitos:
— Haber participado en el proceso de admisión en la red municipal de escuelas infantiles del Ayuntamiento de Madrid en el curso 2021-2022 y que, sin haber resultado excluido, no haya obtenido plaza.
— Haber obtenido en el proceso de admisión una puntuación de entre 0,05 y 5 puntos
ambos incluidos, en el criterio baremable del proceso de admisión correspondiente a la situación económica familiar (apartado decimotercero c.2.o de la Resolución de 12 de abril de 2021, de la Directora General de Familias, Infancia, Educación
y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria para la admisión de alumnado
de primer ciclo de Educación Infantil en la Red Municipal de Escuelas Infantiles
del Ayuntamiento de Madrid para el curso escolar 2021-2022; “Boletín Oficial del
Ayuntamiento de Madrid” número 8.866, 14 de abril de 2021).
— Que los menores se encuentren matriculados en centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
— Cumplir todos los requisitos establecidos en la convocatoria y, en los términos que
se desprenden de la misma, no estar incursos causas de prohibición para percibir
subvenciones o tener pendientes su justificación, y estar al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
— Tener el domicilio en el municipio de Madrid desde el momento de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
También se contemplan ayudas para aquellos progenitores, tutores/as o representantes
legales de menores de 0 a 3 años residentes en el municipio de Madrid que hayan obtenido
plaza en una de las escuelas de la Red Municipal de Escuelas Infantiles titularidad del
Ayuntamiento de Madrid cuando el servicio educativo no haya comenzado a prestarse en
BOCM-20210922-26
Segundo. Beneficiarios
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 82
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 226
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
26
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar
Extracto del Decreto de 7 de septiembre de 2021, del delegado del Área de Gobierno de
Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprueba la convocatoria pública de concesión de becas para la escolarización en el curso escolar 2021-2022
en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada del municipio de
Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
BDNS IDENTIF: 583592
Primero. Objeto
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a los padres, madres, tutores/as o representantes legales de niñas y niños de 0 a 3 años que cumplan con los
requisitos para ser admitidos en el primer ciclo de Educación Infantil, para el abono de la
cuota mensual (incluyendo matrícula, mensualidad, comedor y horario ampliado) de centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
Padres, madres, tutores/as o representantes legales de niñas y niños de 0 a 3 años que
cumplan los siguientes requisitos:
— Haber participado en el proceso de admisión en la red municipal de escuelas infantiles del Ayuntamiento de Madrid en el curso 2021-2022 y que, sin haber resultado excluido, no haya obtenido plaza.
— Haber obtenido en el proceso de admisión una puntuación de entre 0,05 y 5 puntos
ambos incluidos, en el criterio baremable del proceso de admisión correspondiente a la situación económica familiar (apartado decimotercero c.2.o de la Resolución de 12 de abril de 2021, de la Directora General de Familias, Infancia, Educación
y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria para la admisión de alumnado
de primer ciclo de Educación Infantil en la Red Municipal de Escuelas Infantiles
del Ayuntamiento de Madrid para el curso escolar 2021-2022; “Boletín Oficial del
Ayuntamiento de Madrid” número 8.866, 14 de abril de 2021).
— Que los menores se encuentren matriculados en centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
— Cumplir todos los requisitos establecidos en la convocatoria y, en los términos que
se desprenden de la misma, no estar incursos causas de prohibición para percibir
subvenciones o tener pendientes su justificación, y estar al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
— Tener el domicilio en el municipio de Madrid desde el momento de finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
También se contemplan ayudas para aquellos progenitores, tutores/as o representantes
legales de menores de 0 a 3 años residentes en el municipio de Madrid que hayan obtenido
plaza en una de las escuelas de la Red Municipal de Escuelas Infantiles titularidad del
Ayuntamiento de Madrid cuando el servicio educativo no haya comenzado a prestarse en
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Segundo. Beneficiarios