C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210922-9)
Mesa de contratación – Orden de 11 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la Mesa de Contratación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 29
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
9
ORDEN de 11 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la
Mesa de Contratación.
El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que debe existir en
cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de sus miembros. Los Consejeros son los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad
de Madrid, de acuerdo con lo establecido el artículo 3 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, y el
artículo 63 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Por Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid se ha procedido a la creación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior atribuyéndole su artículo segundo, las competencias que hasta entonces ostentaba la Consejería de Presidencia, con excepción de las competencias en materia de transformación digital, la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, así como las competencias en materia de
gobierno abierto, transparencia y atención al ciudadano de la extinta Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 66 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, y el artículo 326 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en uso de las atribuciones
que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Designar, con carácter permanente, como miembros de la Mesa de Contratación de la
Consejería de Presidencia Justicia e Interior a los siguientes:
Presidente:
— Un Subdirector General o, en su defecto, un representante del mismo centro directivo, con rango de Jefe de División o Jefe de Área, de las Mesas que se constituyan
en relación con los contratos que se tramiten en el ámbito de sus competencias.
Vocales:
— Un Interventor de la Comunidad de Madrid.
— Un Letrado de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
— Dos representantes del centro directivo que actúe como unidad promotora de los
contratos en relación con los cuales se constituya la Mesa.
Secretario:
— Un Jefe de Área o de Servicio perteneciente a la Unidad de Contratación de la
Consejería o, en su defecto, cualquier funcionario cuyo puesto de trabajo sea de
nivel 26 o superior, de la Secretaría General Técnica de la Consejería.
BOCM-20210922-9
Primero
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 29
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
9
ORDEN de 11 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la
Mesa de Contratación.
El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que debe existir en
cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de sus miembros. Los Consejeros son los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad
de Madrid, de acuerdo con lo establecido el artículo 3 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, y el
artículo 63 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Por Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid se ha procedido a la creación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior atribuyéndole su artículo segundo, las competencias que hasta entonces ostentaba la Consejería de Presidencia, con excepción de las competencias en materia de transformación digital, la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, así como las competencias en materia de
gobierno abierto, transparencia y atención al ciudadano de la extinta Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 66 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, y el artículo 326 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en uso de las atribuciones
que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Designar, con carácter permanente, como miembros de la Mesa de Contratación de la
Consejería de Presidencia Justicia e Interior a los siguientes:
Presidente:
— Un Subdirector General o, en su defecto, un representante del mismo centro directivo, con rango de Jefe de División o Jefe de Área, de las Mesas que se constituyan
en relación con los contratos que se tramiten en el ámbito de sus competencias.
Vocales:
— Un Interventor de la Comunidad de Madrid.
— Un Letrado de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
— Dos representantes del centro directivo que actúe como unidad promotora de los
contratos en relación con los cuales se constituya la Mesa.
Secretario:
— Un Jefe de Área o de Servicio perteneciente a la Unidad de Contratación de la
Consejería o, en su defecto, cualquier funcionario cuyo puesto de trabajo sea de
nivel 26 o superior, de la Secretaría General Técnica de la Consejería.
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