Fuenlabrada (BOCM-20210921-34)
Urbanismo. Expropiación
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 225
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 287
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
FUENLABRADA
URBANISMO
BOCM-20210921-34
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de julio de 2021,
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Primero.—Continuar la tramitación del expediente denominado Proyecto de Delimitación y Expropiación de las parcelas sitas en la calle Pelayos, números 16, 18, 20 y 22, pertenecientes al Sistema General PU “Huerto del Cura” del Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada, cuyo acuerdo de aprobación inicial se adoptó en la sesión de la Junta
de Gobierno Local celebrada con fecha 31 de marzo de 2021, haciendo constar que no se
ha presentado alegación ni reclamación alguna contra el mismo durante el plazo de información pública.
Segundo.—Remitir un ejemplar completo del expediente a la Comunidad de Madrid,
a los efectos de cumplimentar los trámites necesarios para su aprobación definitiva por la
Comisión de Urbanismo; acuerdo que conllevará la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la expropiación.
Tercero.—Notificar el presente acuerdo a los titulares de bienes y derechos afectados
por el expediente de expropiación haciéndoles saber que contra el mismo no cabe la interposición de recurso alguno por tratarse de un acto de mero trámite”.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acuerdo es un acto de trámite y contra el mismo no se puede interponer recurso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de
que pueda alegarse por el interesado la oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Fuenlabrada, a 19 de agosto de 2021.—El alcalde-presidente en funciones (decreto 2021/6561), Francisco Manuel Paloma González.
(02/25.898/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 225
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 287
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
34
FUENLABRADA
URBANISMO
BOCM-20210921-34
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de julio de 2021,
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“Primero.—Continuar la tramitación del expediente denominado Proyecto de Delimitación y Expropiación de las parcelas sitas en la calle Pelayos, números 16, 18, 20 y 22, pertenecientes al Sistema General PU “Huerto del Cura” del Plan General de Ordenación Urbana de Fuenlabrada, cuyo acuerdo de aprobación inicial se adoptó en la sesión de la Junta
de Gobierno Local celebrada con fecha 31 de marzo de 2021, haciendo constar que no se
ha presentado alegación ni reclamación alguna contra el mismo durante el plazo de información pública.
Segundo.—Remitir un ejemplar completo del expediente a la Comunidad de Madrid,
a los efectos de cumplimentar los trámites necesarios para su aprobación definitiva por la
Comisión de Urbanismo; acuerdo que conllevará la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la expropiación.
Tercero.—Notificar el presente acuerdo a los titulares de bienes y derechos afectados
por el expediente de expropiación haciéndoles saber que contra el mismo no cabe la interposición de recurso alguno por tratarse de un acto de mero trámite”.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este
acuerdo es un acto de trámite y contra el mismo no se puede interponer recurso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de
que pueda alegarse por el interesado la oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Fuenlabrada, a 19 de agosto de 2021.—El alcalde-presidente en funciones (decreto 2021/6561), Francisco Manuel Paloma González.
(02/25.898/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791