Madrid número 18 (BOCM-20210918-6)
Ejecución 128/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 37
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
6
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 128/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CHRISTIAN GARCÍA CID frente a D./Dña. OSCAR ORTEGA
DOMINGUEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 15.842,06 EUROS de
principal; 2.600,00 EUROS de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL del ejecutado D./Dña. OSCAR ORTEGA DOMINGUEZ,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. OSCAR ORTEGA DOMINGUEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de septiembre de dos mil veintiuno.
BOCM-20210918-6
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.448/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE
6
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 128/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CHRISTIAN GARCÍA CID frente a D./Dña. OSCAR ORTEGA
DOMINGUEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 15.842,06 EUROS de
principal; 2.600,00 EUROS de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL del ejecutado D./Dña. OSCAR ORTEGA DOMINGUEZ,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. OSCAR ORTEGA DOMINGUEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de septiembre de dos mil veintiuno.
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(03/26.448/21)
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ISSN 1989-4791