Madrid (BOCM-20210917-50)
Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 175
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Agencia para el Empleo,
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación
de personas desempleadas o demandantes de empleo de la Ciudad de Madrid dirigidas a autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores. Año 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias los autónomos y empresas de menos
de 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de
trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.
Segundo. Objeto.—El objeto general de la convocatoria es el fomento de la contratación laboral por parte de las entidades beneficiarias cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.
Se subvencionará a las nuevas contrataciones realizadas, la modificación contractual
con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de seis
meses, las cuantías serán las siguientes:
a) 3.000 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada completa.
b) 1.450 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la
misma sea igual o superior a 20 horas semanales.
La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de
jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE,
será de seis meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.
Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto
de 1.450.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 “Subvenciones a empresas privadas para el fomento del empleo” del Presupuesto de la Agencia
para el Empleo de Madrid del ejercicio 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente y,
en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2021.
Sexto. Otros datos.—Se tendrá en cuenta como criterio de valoración la fecha y hora
de entrada en el Registro.
Madrid, a 6 de septiembre de 2021.—La gerente, Belén García Díaz.
(03/27.065/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210917-50
BDNS: 582981
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 175
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
O. A. Agencia para el Empleo de Madrid
Extracto de la Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Agencia para el Empleo,
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación
de personas desempleadas o demandantes de empleo de la Ciudad de Madrid dirigidas a autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores. Año 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias los autónomos y empresas de menos
de 50 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de
trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.
Segundo. Objeto.—El objeto general de la convocatoria es el fomento de la contratación laboral por parte de las entidades beneficiarias cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid.
Se subvencionará a las nuevas contrataciones realizadas, la modificación contractual
con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de seis
meses, las cuantías serán las siguientes:
a) 3.000 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada completa.
b) 1.450 euros, si la modalidad de la contratación es a jornada parcial, siempre que la
misma sea igual o superior a 20 horas semanales.
La duración mínima de la contratación, renovación o modificación con incremento de
jornada laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE,
será de seis meses, quedando excluidas de la subvención las contrataciones en las que se establezca una jornada laboral a tiempo parcial inferior a 20 horas semanales.
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.
Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto
de 1.450.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 “Subvenciones a empresas privadas para el fomento del empleo” del Presupuesto de la Agencia
para el Empleo de Madrid del ejercicio 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto hasta agotar el crédito existente y,
en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2021.
Sexto. Otros datos.—Se tendrá en cuenta como criterio de valoración la fecha y hora
de entrada en el Registro.
Madrid, a 6 de septiembre de 2021.—La gerente, Belén García Díaz.
(03/27.065/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
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