Pozuelo de Alarcón (BOCM-20210917-74)
Personal. Modificación plantilla
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 222

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 255

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74

POZUELO DE ALARCÓN
PERSONAL

En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se anuncia que el Pleno, en
sesión de 24 de junio de 2021, ha aprobado inicialmente el expediente de la modificación
de la Plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento (en lo referente a las plazas de Policía Local), rectificando el error material referido en el fundamento de Derecho primero, y
la exposición al público del mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Al no haberse formulado reclamaciones en el plazo de información pública queda definitivamente aprobada dicha modificación:
PLANTILLA DE PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN AÑO 2021
[…]
B)=FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL:
B2.- Escala de Administración Especial:
B2.2.- Subescala de Servicios Especiales:
B2.2.3.a.- Subinspector:
B2.2.4.a.- Oficial:
B2.2.5.a.- Policía:

SUBGRUPO

Nº DE PLAZAS

SUBGRUPO
A2
C1
C1

Nº DE PLAZAS
9
19
159

SUBGRUPO
C1
C2
C2

Nº DE PLAZAS
5
11
149

Y, en consonancia con lo anterior, extinguir las siguientes subescalas:
B2.2.- Subescala de Servicios Especiales:
B2.2.3.b.- Subinspector:
B2.2.4.b.- Oficial:
B2.2.5.b.- Policía:
[…]

BOCM-20210917-74

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de la modificación de la plantilla.
En Pozuelo de Alarcón, a 7 de septiembre de 2021.—El Secretario General del Pleno,
Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/26.793/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791