C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210917-24)
Delegación competencias – Resolución 342/2021, de 13 de septiembre, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Dirección General del Servicio Madrileño de Salud, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de contratación y de gestión económico-presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 100
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 222
ción General del Servicio Madrileño de Salud cuando su cuantía exceda de 1.200.000 euros,
y la tramitación de los recursos que se interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
Tercero
Delegación en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales
de Atención Primaria
1. Delegar en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria, la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de sus centros de gestión cuando su cuantía no exceda de
200.000 euros.
2. Delegar en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria la celebración de contratos, así como sus modificaciones, que correspondan a sus
centros de gestión, cuando su cuantía no sea superior a 200.000 euros y la tramitación de
los recursos que se interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
Cuarto
Procedimientos negociados de contratación
Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, se requerirá autorización previa del titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y de la Dirección
General del Servicio Madrileño de Salud en todos los expedientes de contratación que se
tramiten por el procedimiento negociado sin publicidad al amparo de lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Quinto
Límites a la delegación
1. No será objeto de delegación la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de su centro de gestión cuando
su cuantía exceda de los 3.000.000 de euros.
2. El límite de cuantía fijado en el apartado anterior respetará y se adaptará, en todo caso,
a lo dispuesto en cada momento por la normativa económico-presupuestaria de aplicación.
Sexto
Revocación de anteriores delegaciones
Se dejan sin efecto cuantas Resoluciones sobre delegación de competencias en materia
de contratación y gestión presupuestaria se hayan dictado con anterioridad y, en particular,
la Resolución 385/2020, de 11 de junio, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión económico-presupuestaria.
Séptimo
La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de septiembre de 2021.—El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Antonio Zapatero Gaviria.
(03/27.331/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210917-24
Efectos
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VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 222
ción General del Servicio Madrileño de Salud cuando su cuantía exceda de 1.200.000 euros,
y la tramitación de los recursos que se interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
Tercero
Delegación en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales
de Atención Primaria
1. Delegar en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria, la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de sus centros de gestión cuando su cuantía no exceda de
200.000 euros.
2. Delegar en el Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria la celebración de contratos, así como sus modificaciones, que correspondan a sus
centros de gestión, cuando su cuantía no sea superior a 200.000 euros y la tramitación de
los recursos que se interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
Cuarto
Procedimientos negociados de contratación
Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, se requerirá autorización previa del titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y de la Dirección
General del Servicio Madrileño de Salud en todos los expedientes de contratación que se
tramiten por el procedimiento negociado sin publicidad al amparo de lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Quinto
Límites a la delegación
1. No será objeto de delegación la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de su centro de gestión cuando
su cuantía exceda de los 3.000.000 de euros.
2. El límite de cuantía fijado en el apartado anterior respetará y se adaptará, en todo caso,
a lo dispuesto en cada momento por la normativa económico-presupuestaria de aplicación.
Sexto
Revocación de anteriores delegaciones
Se dejan sin efecto cuantas Resoluciones sobre delegación de competencias en materia
de contratación y gestión presupuestaria se hayan dictado con anterioridad y, en particular,
la Resolución 385/2020, de 11 de junio, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión económico-presupuestaria.
Séptimo
La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de septiembre de 2021.—El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Antonio Zapatero Gaviria.
(03/27.331/21)
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