B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210917-7)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 41
Tercero
Para la acreditación del requisito establecido en la base segunda, apartado 2.1.g) de la
Orden 1640/2018, de 14 de mayo, la mencionada Dirección General de Recursos Humanos
realizará las comprobaciones necesarias.
Cuarto
De conformidad con lo dispuesto en la base décima apartado 10.5 de la ya reiterada
Orden 1640/2018, de 14 de mayo, las personas que han superado el proceso selectivo que,
dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, o
si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de
dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría
de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Quinto
BOCM-20210917-7
Frente a la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 3 de septiembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 41
Tercero
Para la acreditación del requisito establecido en la base segunda, apartado 2.1.g) de la
Orden 1640/2018, de 14 de mayo, la mencionada Dirección General de Recursos Humanos
realizará las comprobaciones necesarias.
Cuarto
De conformidad con lo dispuesto en la base décima apartado 10.5 de la ya reiterada
Orden 1640/2018, de 14 de mayo, las personas que han superado el proceso selectivo que,
dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, o
si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de
dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría
de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Quinto
BOCM-20210917-7
Frente a la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 3 de septiembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.