C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210916-31)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 11 de septiembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de Cualificación Profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración, cofinanciadas por el fondo social europeo y la iniciativa de empleo juvenil dentro del programa operativo de empleo juvenil
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
EXTRACTO de la Orden de 11 de septiembre de 2021, del Consejero de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de Cualificación Profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración, cofinanciadas por el fondo social europeo y la iniciativa
de empleo juvenil dentro del programa operativo de empleo juvenil.
BDNS: 583552
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de Cualificación Profesional
para personas jóvenes desempleadas de larga duración, cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Las entidades locales de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a
las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
Segundo
Objeto
Convocar para el año 2021 subvenciones para la realización del Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social y los
costes de formación derivados de la contratación de los trabajadores desempleados.
Tercero
Bases reguladoras
Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por
la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de formación en alternancia con la actividad laboral para personas jóvenes desempleadas de larga
duración, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 145,
de 20 de junio de 2016, modificada por la Orden de 8 de marzo de 2018, de la Consejera de
Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 23 de marzo de 2018) y la Orden de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 29 de junio de 2021).
Cuantía
1. El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2021, asciende
a 7.000.000,00 de euros.
2. Las subvenciones serán objeto de cofinanciación por la Iniciativa de Empleo Juvenil
y el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020,
con una tasa máxima del 91,89 por 100: Eje prioritario 5; Prioridad de inversión: 8.2.; Objetivo específico: 8.2.2.; Medida: 8.2.2.5.
BOCM-20210916-31
Cuarto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
EXTRACTO de la Orden de 11 de septiembre de 2021, del Consejero de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de Cualificación Profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración, cofinanciadas por el fondo social europeo y la iniciativa
de empleo juvenil dentro del programa operativo de empleo juvenil.
BDNS: 583552
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se convocan subvenciones en el año 2021 para la realización del Programa de Cualificación Profesional
para personas jóvenes desempleadas de larga duración, cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Las entidades locales de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a
las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
Segundo
Objeto
Convocar para el año 2021 subvenciones para la realización del Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social y los
costes de formación derivados de la contratación de los trabajadores desempleados.
Tercero
Bases reguladoras
Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por
la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de formación en alternancia con la actividad laboral para personas jóvenes desempleadas de larga
duración, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 145,
de 20 de junio de 2016, modificada por la Orden de 8 de marzo de 2018, de la Consejera de
Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 23 de marzo de 2018) y la Orden de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 29 de junio de 2021).
Cuantía
1. El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2021, asciende
a 7.000.000,00 de euros.
2. Las subvenciones serán objeto de cofinanciación por la Iniciativa de Empleo Juvenil
y el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020,
con una tasa máxima del 91,89 por 100: Eje prioritario 5; Prioridad de inversión: 8.2.; Objetivo específico: 8.2.2.; Medida: 8.2.2.5.
BOCM-20210916-31
Cuarto