Móstoles número 1 (BOCM-20210915-61)
Procedimiento 560/2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

MIÉRCOLES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 220

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
61

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Isabel Cano Campaña, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 560/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. VICENTE MARTÍN RODRÍGUEZ frente a CARROCERÍAS
GALGANI, SL sobre Procedimiento de despido y cantidad se ha dictado la siguiente resolución:
Auto de 2/9/2021
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la acumulación del presente procedimiento a los autos nº 429/2021, que se
sigue/n en el/los Juzgado de lo Social n° 3 de Móstoles, discutiéndose en un solo proceso
y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos. Comuníquese a las partes esta resolución y una vez firme remítanse los autos al Juzgado requirente.
Asimismo, queda sin efecto el señalamiento acordado en su día en los autos 560/2021,
previsto para el día 10/1/2022.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia
IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2850-0000-00-0560-21 y para pagos en ventanilla 2850-0000-00-0560-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D./Dña.
Francisco Juan Sánchez Delgado.—El magistrado-juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CARROCERÍAS GALGANI, SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a dos de septiembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210915-61

(03/26.596/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791