Alcalá de Henares (BOCM-20210914-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 111
Supletoriamente resultará de aplicación, con las adaptaciones pertinentes, el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En materia procedimental, será asimismo aplicable la legislación básica
estatal en materia de procedimiento administrativo común.
Características del puesto:
Adscripción: Concejalía de Cultura, Turismo y Universidad.
Denominación: “jefe/a de Servicio de Cultura”.
Sistema de Provisión: libre designación.
Grupo y Subgrupo: A1.
N.C.D.: 26.
Retribuciones:
Retribuciones básicas: Las determinadas en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado vigente para el Grupo A, Subgrupo A1/A2.
Retribuciones complementarias:
d Complemento específico anual: 32.018,42 euros.
d Complemento de productividad anual: 12.020,40 euros.
— Régimen de desempeño del puesto:
De conformidad con lo establecido en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, el desempeño del puesto de trabajo se realizará en régimen de dedicación exclusiva y especial dedicación con disponibilidad de horario.
La asignación de la cuantía correspondiente en concepto de complemento específico y
de productividad y, en cuanto a los criterios de distribución de los mismos, debe entenderse incluido el desempeño del funcionario/a público con el suficiente grado de interés, iniciativa o esfuerzo que permitan el abono del complemento de productividad y, en este sentido, quedan incluidos dentro de dicho abono los excesos de jornada que pudieran
realizarse; todo ello sin que pueda percibir ningún complemento salarial, prolongación de
jornadas, jornada partida, sábados, domingos o festivos, disponibilidad, etc., por la realización de sus funciones en horarios distintos del habitual del Ayuntamiento o por la realización de exceso de jornada como consecuencia de la especial dedicación que requiera el
puesto, así como cualquier otro concepto que suponga la consecución correcta de los resultados y rendimientos necesarios. Todo ello con inclusión de la asistencia eventual para la
realización de funciones fuera del horario establecido con carácter general; incluso en régimen de jornada partida; así como la necesidad de “estar a disposición” de las necesidades
del servicio a requerimiento de su Concejalía con conocimiento de la Concejalía de Recursos Humanos para la prestación del servicio en determinadas ocasiones puntuales.
3. Funciones del puesto.—Desarrollará las funciones establecidas con carácter general en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento para los puestos de jefe/a de
Servicio.
En particular y con dependencia directa de la Concejalía de Cultura, Turismo y Universidad, desarrollará entre otras, las funciones que de forma no exhaustiva se enumeran a
continuación:
— Ejecutar las directrices de la política cultural del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá
de Henares.
— Gestionar los espacios expositivos dependientes del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, así como cualquier colaboración interinstitucional que se determine desde el área de cultura de la Concejalía.
— Planificar el calendario expositivo y de actividades de dinamización relacionadas
y seguimiento del mismo.
— Gestionar presupuestos y planificar y controlar gastos.
— Tramitar los expedientes de situaciones administrativas.
— Coordinar el personal necesario para la prestación del servicio en los espacios expositivos dependientes de la Concejalía de Cultura.
— Elaboración de estudios, análisis, informes y propuestas en materia de gestión cultural.
— Y cualquier otra función que le sea encomendada desde la Concejalía de Cultura y
Universidad, Turismo, Casco Histórico y Festejos.
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2.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 111
Supletoriamente resultará de aplicación, con las adaptaciones pertinentes, el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En materia procedimental, será asimismo aplicable la legislación básica
estatal en materia de procedimiento administrativo común.
Características del puesto:
Adscripción: Concejalía de Cultura, Turismo y Universidad.
Denominación: “jefe/a de Servicio de Cultura”.
Sistema de Provisión: libre designación.
Grupo y Subgrupo: A1.
N.C.D.: 26.
Retribuciones:
Retribuciones básicas: Las determinadas en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado vigente para el Grupo A, Subgrupo A1/A2.
Retribuciones complementarias:
d Complemento específico anual: 32.018,42 euros.
d Complemento de productividad anual: 12.020,40 euros.
— Régimen de desempeño del puesto:
De conformidad con lo establecido en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, el desempeño del puesto de trabajo se realizará en régimen de dedicación exclusiva y especial dedicación con disponibilidad de horario.
La asignación de la cuantía correspondiente en concepto de complemento específico y
de productividad y, en cuanto a los criterios de distribución de los mismos, debe entenderse incluido el desempeño del funcionario/a público con el suficiente grado de interés, iniciativa o esfuerzo que permitan el abono del complemento de productividad y, en este sentido, quedan incluidos dentro de dicho abono los excesos de jornada que pudieran
realizarse; todo ello sin que pueda percibir ningún complemento salarial, prolongación de
jornadas, jornada partida, sábados, domingos o festivos, disponibilidad, etc., por la realización de sus funciones en horarios distintos del habitual del Ayuntamiento o por la realización de exceso de jornada como consecuencia de la especial dedicación que requiera el
puesto, así como cualquier otro concepto que suponga la consecución correcta de los resultados y rendimientos necesarios. Todo ello con inclusión de la asistencia eventual para la
realización de funciones fuera del horario establecido con carácter general; incluso en régimen de jornada partida; así como la necesidad de “estar a disposición” de las necesidades
del servicio a requerimiento de su Concejalía con conocimiento de la Concejalía de Recursos Humanos para la prestación del servicio en determinadas ocasiones puntuales.
3. Funciones del puesto.—Desarrollará las funciones establecidas con carácter general en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento para los puestos de jefe/a de
Servicio.
En particular y con dependencia directa de la Concejalía de Cultura, Turismo y Universidad, desarrollará entre otras, las funciones que de forma no exhaustiva se enumeran a
continuación:
— Ejecutar las directrices de la política cultural del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá
de Henares.
— Gestionar los espacios expositivos dependientes del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, así como cualquier colaboración interinstitucional que se determine desde el área de cultura de la Concejalía.
— Planificar el calendario expositivo y de actividades de dinamización relacionadas
y seguimiento del mismo.
— Gestionar presupuestos y planificar y controlar gastos.
— Tramitar los expedientes de situaciones administrativas.
— Coordinar el personal necesario para la prestación del servicio en los espacios expositivos dependientes de la Concejalía de Cultura.
— Elaboración de estudios, análisis, informes y propuestas en materia de gestión cultural.
— Y cualquier otra función que le sea encomendada desde la Concejalía de Cultura y
Universidad, Turismo, Casco Histórico y Festejos.
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