Madrid (BOCM-20210913-35)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de 6 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la convocatoria pública del Premio Lope de Vega de Teatro 2021 y sus correspondientes bases.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de
Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s
obra/s presentada/s.
No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de
participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro
es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática,
mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema
libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.
Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Organismos Públicos, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones y por la referida ordenanza.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su
defecto, las de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.—El importe total de esta convocatoria asciende a 12.000 euros,
(doce mil euros) y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será de quince días naturales, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto íntegro de la misma
en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).
Asimismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios
que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.
La publicidad de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.a) de la LGS.
Madrid, a 8 de septiembre de 2021.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno
de Cultura, Turismo y Deporte, M.a Carmen González Fernández.
(03/27.003/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210913-35
BDNS: 582790
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B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de 6 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la convocatoria pública del Premio Lope de Vega de Teatro 2021 y sus correspondientes bases.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de
Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s
obra/s presentada/s.
No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de
participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro
es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática,
mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema
libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.
Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Organismos Públicos, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones y por la referida ordenanza.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su
defecto, las de derecho privado.
Cuarto. Cuantía.—El importe total de esta convocatoria asciende a 12.000 euros,
(doce mil euros) y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será de quince días naturales, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto íntegro de la misma
en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).
Asimismo, se podrá realizar una publicación adicional en la forma y por los medios
que se establezcan por el órgano competente para realizar la convocatoria.
La publicidad de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.a) de la LGS.
Madrid, a 8 de septiembre de 2021.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno
de Cultura, Turismo y Deporte, M.a Carmen González Fernández.
(03/27.003/21)
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