Madrid número 26 (BOCM-20210910-48)
Procedimiento 597/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 216

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
48

MADRID NÚMERO 26

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 597/2018, entre don Víctor Merinero Gargantilla, doña María Isabel Ramos Pardo y Indestur S. L., en cuyos autos
se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 59/2021
Madrid, a 1 de marzo de 2021.—Don Francisco Javier Just Bauluz, magistrado-juez
sustituto del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, ha visto las presentes actuaciones de juicio ordinario, seguidas en este Juzgado con el número 597/2018, a instancia de don Víctor Merino Gargantilla y doña María Isabel Ramos Pardo, representados por
el procurador de los tribunales don Fermín Sánchez Montolio y asistidos por las letradas
doña Rosa María Somolinos Rodríguez y doña María Amparo Romero Felipe, contra Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo, S. L. (INDESTUR, S. L.), sobre nulidad de contrato de multipropiedad.
Fallo

BOCM-20210910-48

Desestimo la demanda instada por don Víctor Merino Gargantilla y doña María Isabel
Ramos Pardo, representados por el procurador de los tribunales don Fermín Sánchez Montolio, contra Investigación y Desarrollo Turístico del Mediterráneo, S. L. (INDESTUR, S. L.),
a la que se absuelve de las pretensiones contra ella ejercitadas.
Todo ello con imposición a la actora de las costas causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrán
interponer recurso de apelación presentando escrito en este Juzgado en el plazo de veinte
días para su resolución por la Audiencia Provincial.
Para la presentación de dicho recurso será necesaria la constitución de depósito en la
cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe de 50 euros, lo que deberá ser
acreditado a la interposición del recurso.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio y firmo.
Y para que sirva de notificación a INDESTUR, S. L., expido y firmo la presente en
Madrid, a 18 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/26.265/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791