Madrid (BOCM-20210909-30)
Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrículas de tributos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Pág. 101

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
30

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia Tributaria Madrid

BOCM-20210909-30

La directora de la Agencia Tributaria de Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 7 de septiembre de 2021, ha aprobado
las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2021,
así como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón
de edictos del Ayuntamiento de Madrid:
— Impuesto sobre bienes inmuebles.
— Impuesto sobre actividades económicas.
— Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades.
— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo o subsuelo del dominio público local.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos según se indica a continuación, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 915 298 210 (010 si llama desde la ciudad de Madrid).
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Podrá obtener la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas) si llama a los teléfonos anteriores, o en la dirección web www.madrid.es/oaic
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la directora de la Agencia
Tributaria Madrid, previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente
reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, previa al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de diciembre).
Madrid, a 7 de septiembre de 2021.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid,
Gema T. Pérez Ramón.
(01/26.721/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791