Madrid (BOCM-20210909-28)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
28
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto de 27 de agosto de 2021, del delegado del Área de Gobierno
de Familias, Igualdad y Bienestar Social, por el que aprueba la Convocatoria de becas
y ayudas al estudio de carácter general para ex alumnos y ex alumnas de la Residencia
Internado San Ildefonso y para ex alumnos y ex alumnas del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por loterías y apuestas del estado, curso académico 2021/2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
ID: 581986
Primero. Beneficiarios.—Para la obtención de la beca y/o ayuda será preciso haber
sido alumno/a de la Residencia Internado San Ildefonso o haber sido alumno/a del Colegio
Público San Ildefonso con participación en los sorteos realizados por la Sociedad Estatal de
Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Segundo. Objeto.—Concesión de becas y ayudas al estudio de carácter general para
ex alumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y aquellos ex alumnos/as del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE,
con la finalidad de favorecer la continuidad en sus estudios al finalizar el nivel de Educación Primaria y en todos los niveles del sistema educativo posteriores a ese nivel.
Todo ello se enmarca en el convenio suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2020, entre la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.
Tercero. Bases reguladoras.—La convocatoria se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de
Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013;
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Acuerdo de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, por el que se establece la
organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar
Social, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172,
de 22 de julio de 2019.
Cuarto
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a ciento veinticinco mil euros
(125.000 euros ), pudiendo comprender la beca y/o ayuda los siguientes componentes:
— Ayuda para gastos derivados de la residencia del alumno/a, durante el curso, fuera
del domicilio familiar.
— Beca para precios públicos por servicios académicos.
— Ayuda para gastos por razón del material escolar en función de los estudios cursados.
— Ayuda para determinados gastos por razón de la distancia entre el domicilio familiar del alumno/a y el centro docente en que realice sus estudios (transporte).
— Ayuda compensatoria, en función de la renta económica familiar.
BOCM-20210909-28
Cuantía
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 97
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
28
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto de 27 de agosto de 2021, del delegado del Área de Gobierno
de Familias, Igualdad y Bienestar Social, por el que aprueba la Convocatoria de becas
y ayudas al estudio de carácter general para ex alumnos y ex alumnas de la Residencia
Internado San Ildefonso y para ex alumnos y ex alumnas del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por loterías y apuestas del estado, curso académico 2021/2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
ID: 581986
Primero. Beneficiarios.—Para la obtención de la beca y/o ayuda será preciso haber
sido alumno/a de la Residencia Internado San Ildefonso o haber sido alumno/a del Colegio
Público San Ildefonso con participación en los sorteos realizados por la Sociedad Estatal de
Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Segundo. Objeto.—Concesión de becas y ayudas al estudio de carácter general para
ex alumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y aquellos ex alumnos/as del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE,
con la finalidad de favorecer la continuidad en sus estudios al finalizar el nivel de Educación Primaria y en todos los niveles del sistema educativo posteriores a ese nivel.
Todo ello se enmarca en el convenio suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2020, entre la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.
Tercero. Bases reguladoras.—La convocatoria se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de
Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013;
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Acuerdo de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, por el que se establece la
organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar
Social, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172,
de 22 de julio de 2019.
Cuarto
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a ciento veinticinco mil euros
(125.000 euros ), pudiendo comprender la beca y/o ayuda los siguientes componentes:
— Ayuda para gastos derivados de la residencia del alumno/a, durante el curso, fuera
del domicilio familiar.
— Beca para precios públicos por servicios académicos.
— Ayuda para gastos por razón del material escolar en función de los estudios cursados.
— Ayuda para determinados gastos por razón de la distancia entre el domicilio familiar del alumno/a y el centro docente en que realice sus estudios (transporte).
— Ayuda compensatoria, en función de la renta económica familiar.
BOCM-20210909-28
Cuantía