C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210909-8)
Plan general de urbanismo – Acuerdo de 1 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la mejora de la red pública dotacional en las parcelas de la calle Guadalete y de la calle Santa Catalina de Laboure en el distrito de Carabanchel
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 25
Guadalete y calle Santa Catalina de Laboure pueda suponer efectos significativos sobre el
medio ambiente en los términos establecidos en el presente Informe Ambiental Estratégico, sin perjuicio de los informes de los públicas previstos legalmente como preceptivos o
que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban
considerarse necesarios conforme al artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid”.
V. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 25
y 28 de junio de 2021, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes técnico y
jurídico favorables, en los que se recoge que la Modificación Puntual remitida por el Ayuntamiento de Madrid se considera adecuadamente formulada y suficientemente justificada,
garantizando los principios rectores de la ordenación urbanística.
Las parcelas afectadas están calificadas con usos dotacionales públicos o son espacios
interbloques de titularidad y uso público. Tienen la edificabilidad asignada en aplicación de
las Normas Urbanísticas por el uso dotacional que le corresponde, por lo que no tienen carácter lucrativo y carecen de aprovechamiento urbanístico.
Tras la ordenación propuesta, todas las parcelas quedan calificadas como dotación pública de Zona verde y equipamiento. No existe reducción de zonas verdes, viéndose estas
ligeramente incrementadas (210,72 m2). Ninguno de los suelos según el planeamiento vigente tiene destino docente, sanitario ni de vivienda de protección.
Desde el punto de vista jurídico, la Modificación Puntual de Planes de Ordenación Urbana ha seguido el procedimiento de aprobación previsto en los artículos 67 y 69 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites
previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
VII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de julio de 2021,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 1 de julio
de 2021, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación
Urbana de Madrid, para la mejora de la red pública dotacional en las parcelas de la calle
Guadalete y de la calle Santa Catalina de Laboure en el Distrito de Carabanchel.
VIII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo
de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus
revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios
con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el
presente supuesto.
IX. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, sita en la calle Alcalá, número 16,
quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el día 29 de julio de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del
día 1 de septiembre de 2021,
Primero
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la mejora de la red pública dotacional en las parcelas de la calle Guadalete y de la calle Santa Catalina de Laboure en el distrito de Carabanchel.
BOCM-20210909-8
ACUERDA
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 25
Guadalete y calle Santa Catalina de Laboure pueda suponer efectos significativos sobre el
medio ambiente en los términos establecidos en el presente Informe Ambiental Estratégico, sin perjuicio de los informes de los públicas previstos legalmente como preceptivos o
que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban
considerarse necesarios conforme al artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid”.
V. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 25
y 28 de junio de 2021, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes técnico y
jurídico favorables, en los que se recoge que la Modificación Puntual remitida por el Ayuntamiento de Madrid se considera adecuadamente formulada y suficientemente justificada,
garantizando los principios rectores de la ordenación urbanística.
Las parcelas afectadas están calificadas con usos dotacionales públicos o son espacios
interbloques de titularidad y uso público. Tienen la edificabilidad asignada en aplicación de
las Normas Urbanísticas por el uso dotacional que le corresponde, por lo que no tienen carácter lucrativo y carecen de aprovechamiento urbanístico.
Tras la ordenación propuesta, todas las parcelas quedan calificadas como dotación pública de Zona verde y equipamiento. No existe reducción de zonas verdes, viéndose estas
ligeramente incrementadas (210,72 m2). Ninguno de los suelos según el planeamiento vigente tiene destino docente, sanitario ni de vivienda de protección.
Desde el punto de vista jurídico, la Modificación Puntual de Planes de Ordenación Urbana ha seguido el procedimiento de aprobación previsto en los artículos 67 y 69 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites
previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
VII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de julio de 2021,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 1 de julio
de 2021, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación
Urbana de Madrid, para la mejora de la red pública dotacional en las parcelas de la calle
Guadalete y de la calle Santa Catalina de Laboure en el Distrito de Carabanchel.
VIII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo
de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus
revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios
con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el
presente supuesto.
IX. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, sita en la calle Alcalá, número 16,
quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el día 29 de julio de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del
día 1 de septiembre de 2021,
Primero
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la mejora de la red pública dotacional en las parcelas de la calle Guadalete y de la calle Santa Catalina de Laboure en el distrito de Carabanchel.
BOCM-20210909-8
ACUERDA