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Estatutos – Resolución de 26 de agosto de 2021, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada AMADE-Asociación Madrileña de Atención a la Dependencia (número de registro de la asociación 28000054)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
21
RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2021, de la Directora General de Trabajo,
sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada
AMADE-Asociación Madrileña de Atención a la Dependencia (número de registro de la asociación 28000054).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por doña María
del Pilar Ramos González, en representación de la asociación empresarial denominada
AMADE-Asociación Madrileña de Atención a la Dependencia, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2021/000301 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 26 de julio de 2021, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificado del acuerdo de modificación estatutaria adoptado en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 15 de junio de 2021, firmado por la secretaria con el
visto bueno de la presidenta. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos
modificados.
En particular, se modifica el artículo 2, por el que se traslada el domicilio social de la
asociación a la calle Cristóbal Bordiu, número 35, de Madrid.
Segundo
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del
Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito
de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la
Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20210909-21
Segundo
B.O.C.M. Núm. 215
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 81
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21
RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2021, de la Directora General de Trabajo,
sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada
AMADE-Asociación Madrileña de Atención a la Dependencia (número de registro de la asociación 28000054).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por doña María
del Pilar Ramos González, en representación de la asociación empresarial denominada
AMADE-Asociación Madrileña de Atención a la Dependencia, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2021/000301 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 26 de julio de 2021, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificado del acuerdo de modificación estatutaria adoptado en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 15 de junio de 2021, firmado por la secretaria con el
visto bueno de la presidenta. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos
modificados.
En particular, se modifica el artículo 2, por el que se traslada el domicilio social de la
asociación a la calle Cristóbal Bordiu, número 35, de Madrid.
Segundo
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del
Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito
de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la
Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
BOCM-20210909-21
Segundo