A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210907-1)
Estructura orgánica –  Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 213

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Delegaciones de competencias
1. Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos afectados
por este Decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del
apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Modificaciones de crédito y plantilla
1. En tanto se proceda por la consejería competente a la adecuación de las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa resultante del
presente Decreto, la gestión y tramitación de los expedientes se realizará por los órganos
competentes según la nueva distribución de competencias, con los créditos de los actuales
programas.
2. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, las adaptaciones que sea
necesario acometer en las distintas estructuras orgánicas, presupuestarias y contables deberán tener lugar, como máximo, el día 1 de enero de 2022.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Unidades orgánicas inferiores a subdirección general
Las unidades administrativas con nivel orgánico inferior a subdirección general continuarán subsistentes hasta que se aprueben las correspondientes órdenes de desarrollo, adaptadas a la estructura orgánica de este Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a
lo establecido en el presente decreto y, expresamente, el Decreto 279/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, así como el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y
Juventud, en lo relativo a la estructura y competencias en materia de juventud.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

1. Se habilita al titular de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este decreto.
2. Se habilita al titular de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a dictar cuantas órdenes sean necesarias para adaptar la composición y titularidad de los órganos rectores de los diferentes órganos, organismos y entes dependientes o adscritos a dicha
consejería, a lo dispuesto en este decreto.

BOCM-20210907-1

Habilitación de desarrollo