Aranjuez (BOCM-20210906-45)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 212
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria y bases reguladoras de subvenciones a clubes, asociaciones deportivas y
deportistas de Aranjuez 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/580637):
1. Objeto.—El objeto de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos y aprobados por el Consejo Municipal de Deportes, de las subvenciones a otorgar por el Ilustrísimo Ayuntamiento de
Aranjuez destinadas a clubes y asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, por la promoción, fomento y/o difusión del deporte en todos los ámbitos durante el ejercicio 2021. Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y
objetivamente relacionados con el objeto de la subvención en las presentes bases, así como
en las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones municipal, aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
2. Beneficiarios.—A efectos de lo dispuesto en estas bases, tendrán la consideración
de beneficiario las personas físicas y jurídicas, así como las entidades o clubes deportivos
que, encontrándose legalmente constituidos, participen, tanto de forma individual como colectiva en competiciones deportivas, promuevan la práctica deportiva y sean consideradas
de interés general y que cumplan los requisitos establecidos en el siguiente punto, y bajo las
condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
3. Cuantía global máxima objeto de subvención.—El crédito destinado a la presente
convocatoria asciende a un importe máximo de 157.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 31 3410 48900, Subvenciones deportivas municipales.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados que figuren en el anexo de esta convocatoria. Estas solicitudes irán dirigidas a la Delegación de Deportes y se presentarán en el Registro General o en los Registros Auxiliares del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez, así como en los restantes Registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de dicha Ley, así
como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. El
modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en cualquiera de las oficinas
del Registro citadas o descargarse de la página web del Ayuntamiento de Aranjuez. A la solicitud deberán acompañarse los documentos indicados en el extracto de las bases publicados en la web del Ayuntamiento de Aranjuez. El plazo de presentación de solicitudes será
desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y hasta el día 30 de septiembre del actual inclusive. El incumplimiento del plazo
establecido determinará automáticamente la exclusión de la solicitud.
5. Justificación.—La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de la oportuna cuenta justificativa acompañada de los documentos
acreditativos del gasto:
a) Cuenta justificativa: La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario. La cuenta justificativa deberá incluir una descripción de
las actividades o conductas realizadas o de los comportamientos adoptados. Dicha
descripción deberá ser lo más detallada posible e incluir un listado de los gastos
realizados y los ingresos recibidos. El objeto de concesión de la subvención debe-
BOCM-20210906-45
BDNS (Identif.): 580637
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 212
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria y bases reguladoras de subvenciones a clubes, asociaciones deportivas y
deportistas de Aranjuez 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/580637):
1. Objeto.—El objeto de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos y aprobados por el Consejo Municipal de Deportes, de las subvenciones a otorgar por el Ilustrísimo Ayuntamiento de
Aranjuez destinadas a clubes y asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, por la promoción, fomento y/o difusión del deporte en todos los ámbitos durante el ejercicio 2021. Serán subvencionables los gastos realizados por el beneficiario que se encuentren directa y
objetivamente relacionados con el objeto de la subvención en las presentes bases, así como
en las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones municipal, aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
2. Beneficiarios.—A efectos de lo dispuesto en estas bases, tendrán la consideración
de beneficiario las personas físicas y jurídicas, así como las entidades o clubes deportivos
que, encontrándose legalmente constituidos, participen, tanto de forma individual como colectiva en competiciones deportivas, promuevan la práctica deportiva y sean consideradas
de interés general y que cumplan los requisitos establecidos en el siguiente punto, y bajo las
condiciones previstas en la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
3. Cuantía global máxima objeto de subvención.—El crédito destinado a la presente
convocatoria asciende a un importe máximo de 157.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 31 3410 48900, Subvenciones deportivas municipales.
4. Solicitudes y plazo de presentación.—Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados que figuren en el anexo de esta convocatoria. Estas solicitudes irán dirigidas a la Delegación de Deportes y se presentarán en el Registro General o en los Registros Auxiliares del Ilustre Ayuntamiento de Aranjuez, así como en los restantes Registros
electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de dicha Ley, así
como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. El
modelo oficial de presentación de solicitudes podrá recogerse en cualquiera de las oficinas
del Registro citadas o descargarse de la página web del Ayuntamiento de Aranjuez. A la solicitud deberán acompañarse los documentos indicados en el extracto de las bases publicados en la web del Ayuntamiento de Aranjuez. El plazo de presentación de solicitudes será
desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y hasta el día 30 de septiembre del actual inclusive. El incumplimiento del plazo
establecido determinará automáticamente la exclusión de la solicitud.
5. Justificación.—La justificación de las subvenciones concedidas se realizará mediante la presentación de la oportuna cuenta justificativa acompañada de los documentos
acreditativos del gasto:
a) Cuenta justificativa: La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario. La cuenta justificativa deberá incluir una descripción de
las actividades o conductas realizadas o de los comportamientos adoptados. Dicha
descripción deberá ser lo más detallada posible e incluir un listado de los gastos
realizados y los ingresos recibidos. El objeto de concesión de la subvención debe-
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BDNS (Identif.): 580637