Madrid número 18 (BOCM-20210904-8)
Procedimiento 389/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. REBECA BALLESTEROS HERRERO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 389/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FARID EL HADAD, D./Dña. JOSE ANTONIO ALBERTO CASTRO y D./Dña. PORFIRIO SANCHEZ DIAZ frente a URBANIZADORA URCASA SA
sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución sentencia 447/2021:
FALLO
Estimando las demandas de despido presentadas por D. PORFIRIO SANCHEZ DIAZ,
D. FARID EL HADAD y D. JOSE ANTONIO ALBERTO CASTRO frente a URBANIZADORA URCASA SA, se declara Improcedente el Despido, Extinguida la Relación Laboral y se condena a la empresa URBANIZADORA URCASA SA a abonar como indemnización a:
PORFIRIO SANCHEZ DIAZ: 4.747,60 euros
JOSE A ALBERTO CASTRO: 4.747,60 euros
FARID EL HADAD : 3.715,51 euros
Y como salarios de tramitación desde el 25 de febrero a 7 de marzo 814,77 euros
Respecto a D. FARID EL HADAD la empresa, al efectuar el pago de los salarios de
tramitación, deducirá lo percibido por desempleo por éste demandante desde el 25 de febrero al 07 de marzo y lo ingresará en el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL.
Estimando la reclamación de Cantidad se condena a la empresa URBANIZADORA
URCASA SA a abonar a:
PORFIRIO SANCHEZ DIAZ: 2.283,10 euros
JOSE A ALBERTO CASTRO: 2.283,10 euros
FARID EL HADAD : 2.283,10 euros

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la mis-

BOCM-20210904-8

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-61-0389-21 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.