Aranjuez (BOCM-20210903-50)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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BOCM-20210903-50

berá ir firmada, bajo la responsabilidad del declarante, por el solicitante de la
subvención, su representante, o el secretario de la entidad solicitante.
b) Documentos acreditativos del gasto: Junto con la cuenta detallada deberán presentarse los documentos acreditativos del gasto. Se admitirán todos los documentos
descritos en el punto sexto de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada
por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.
La presentación de justificaciones debe presentarse en el modelo oficial aprobado por
este Ayuntamiento y debe cumplimentarse descargándose el modelo directamente de la página web del Ayuntamiento.
El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas será el 30 de marzo de 2022.
Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.
El órgano concedente de la subvención será el encargado de comprobar la adecuada
justificación de la misma, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la
actividad que determine la concesión o disfrute de la subvención.
Aranjuez, a 23 de agosto de 2021.—El interventor general accidental, Fernando Alcázar
Rodríguez.
(03/26.482/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791