Manzanares el Real (BOCM-20210903-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

— Pruebas de personalidad y capacidades en las que se valorarán aspectos tales como
estabilidad emocional, autoconfianza, y habilidades interpersonales para el trabajo policial.
Ambos ejercicios serán calificados como “apto/a” o “no apto/a”, siendo necesario resultar apto/a en los dos para entender superada esta y pasar al resto de pruebas.
Segunda: Prueba de conocimientos sobre el temario que figura como Anexo III a las presentes bases y sobre el idioma inglés que se corresponda con el nivel A2 que establece el Marco Europeo de Referencia. Esta prueba consistirá en la realización de un cuestionario de 80
preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como Anexo III a las presentes Bases y otro cuestionario de 10 preguntas sobre el idioma inglés. En ambos casos los
cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una
de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 120 minutos.
Calificación de la prueba de conocimientos: El contenido de este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, teniendo carácter eliminatorio, siendo necesario para pasar a la tercera
prueba del proceso la superación de la misma con una calificación mínima de 5 puntos.
Tercera: Pruebas físicas adecuadas a las funciones a realizar y tendentes a comprobar,
entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación.
Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
— Carrera de velocidad sobre 60 metros.
— Carrera de resistencia sobre 800 metros.
— Lanzamiento de balón medicinal.
— Salto de longitud desde posición de parado.
— Natación (25 metros).
Las pruebas físicas se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas para poder realizar la siguiente. La nota final vendrá
determinada a través de la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas.
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo I.
Para poder participar en estas pruebas se deberá presentar certificado médico, conforme a lo establecido en el apartado i) del apartado 2.1 y los apartados h) e i) del apartado 5.4
de las presentes Bases.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control antidopaje al
número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De obtenerse en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximas admisibles por los órganos con competencia en la materia, el/la aspirante será eliminado/a de las
pruebas por el Tribunal.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto
de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine
al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo
caso se podrá aplazar otros seis meses más.
Cuarta: Reconocimiento médico practicado por personal facultativo que se designe al
efecto, y en el que se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de
otra clase se consideren necesarias para comprobar que los/as aspirantes no están incursos/as en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo II.
Cuando el procedimiento a realizar por dificultades técnicas o de otra índole así lo
aconseje, el Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación de asesores/especialistas
o remitir a los/as candidatos/as a un centro médico que disponga del equipamiento o personal especializado para la realización de las pruebas.
En este acto se procederá a comprobar la talla, a los efectos de cumplimentación de lo
establecido en el apartado h) de la base 2.1.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar en la propia instancia de participación en el proceso selectivo, la autorización para
someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de esta cuarta prueba de la fase de oposición.
Sin perjuicio de la finalidad de esta cuarta prueba de reconocimiento médico, en cualquier fase del proceso selectivo se podrán realizar los correspondientes análisis de sangre y
orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.

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BOCM-20210903-55

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