B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210902-2)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifica la Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han superado el procedimiento de acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, convocado por Resolución de 13 de mayo de 2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 209
Segundo
Presentación de documentación
Dado que la documentación del nuevo aspirante seleccionado obra en poder de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no deberá
presentar la documentación requerida en la base octava de la resolución de convocatoria.
Tercero
Destino del cuerpo de catedráticos
De conformidad con lo previsto en el artículo 39.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, los funcionarios o funcionarias que accedan al cuerpo de catedráticos por esta convocatoria estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.
En caso de que se haya accedido por la misma especialidad que estuviera ejerciendo
en el momento de la resolución del presente procedimiento, el personal funcionario permanecerá como catedrático en el mismo destino que ocupaba en el cuerpo de procedencia.
En caso de que se haya accedido por una especialidad diferente de la que estuviera ocupando en el momento de la resolución del presente procedimiento, quedará en excedencia
en el cuerpo de catedráticos en esa especialidad y solo será efectiva su incorporación como
catedrático de la misma cuando obtenga vacante, a través de los procedimientos de provisión de puestos reglamentarios.
Cuarto
Recursos
BOCM-20210902-2
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución,
que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de
Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su
publicación.
Madrid, a 30 de agosto de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/26.359/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 12
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JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 209
Segundo
Presentación de documentación
Dado que la documentación del nuevo aspirante seleccionado obra en poder de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no deberá
presentar la documentación requerida en la base octava de la resolución de convocatoria.
Tercero
Destino del cuerpo de catedráticos
De conformidad con lo previsto en el artículo 39.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, los funcionarios o funcionarias que accedan al cuerpo de catedráticos por esta convocatoria estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.
En caso de que se haya accedido por la misma especialidad que estuviera ejerciendo
en el momento de la resolución del presente procedimiento, el personal funcionario permanecerá como catedrático en el mismo destino que ocupaba en el cuerpo de procedencia.
En caso de que se haya accedido por una especialidad diferente de la que estuviera ocupando en el momento de la resolución del presente procedimiento, quedará en excedencia
en el cuerpo de catedráticos en esa especialidad y solo será efectiva su incorporación como
catedrático de la misma cuando obtenga vacante, a través de los procedimientos de provisión de puestos reglamentarios.
Cuarto
Recursos
BOCM-20210902-2
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución,
que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de
Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su
publicación.
Madrid, a 30 de agosto de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/26.359/21)
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ISSN 1989-4791