B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20210901-3)
Puesto interino – Orden de 26 de julio de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 208
MIÉRCOLES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
3
ORDEN de 26 de julio de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera.
La Dirección General de Infraestructuras Judiciales se atribuye, entre otras competencias, garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el ámbito de las sedes judiciales
en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, realizará la planificación,
coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales del
personal al servicio de la Administración de Justicia.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció
que, en cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, en cada empresa se
constituirá un servicio de prevención o se concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa.
Dicha Ley define al servicio de prevención como el conjunto de medios humanos y
materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para
ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.
Dado que la Administración de Justicia tiene a su servicio 7.500 trabajadores aproximadamente, sin contar con jueces y letrados, y alrededor de 70 sedes distribuidas por toda
la geografía de la Comunidad de Madrid, se considera necesario la creación de un Servicio
de Prevención Propio para esta Administración de Justicia.
De esta manera, dado el carácter esencial de la actividad de prevención de riesgos laborales y la relevancia que esta tendrá, y tiene, en el asesoramiento técnico a la Administración de la Comunidad de Madrid, a sus empleados y a los representantes de estos, la cobertura de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid
del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Medicina del Trabajo,
Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, contribuirá a una gestión más eficiente en el marco de las competencias atribuidas al Servicio de Prevención de la Comunidad
de Madrid, circunstancia esta que ha motivado el inicio del procedimiento de cobertura interina del puesto vacante número 78104, denominado “Técnico Superior de Salud Pública”,
a instancias de la Dirección General de Función Pública, habiendo sido informado favorablemente por la Dirección General de Recursos Humanos, con fecha 9 de julio de 2021.
El artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, establece que se podrán efectuar convocatorias para la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a Cuerpos, Escalas y Especialidades respecto de los
que no se hubiere formado lista de espera surgida de los procesos selectivos de acceso a la
función pública autonómica, o la misma se hubiese agotado, y no exista posibilidad de acudir a las correspondientes bolsa de espera de personal laboral temporal, ni a otras listas de
espera formadas a partir de convocatorias específicas para la selección de funcionarios interinos.
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Consejería
Primero
Objeto de la convocatoria
1. Se convoca para su cobertura interina el puesto de trabajo que se detallan en Anexo I
a la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6
de abril.
BOCM-20210901-3
RESUELVE
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 208
MIÉRCOLES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
3
ORDEN de 26 de julio de 2021, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera.
La Dirección General de Infraestructuras Judiciales se atribuye, entre otras competencias, garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el ámbito de las sedes judiciales
en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, realizará la planificación,
coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales del
personal al servicio de la Administración de Justicia.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció
que, en cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, en cada empresa se
constituirá un servicio de prevención o se concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa.
Dicha Ley define al servicio de prevención como el conjunto de medios humanos y
materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para
ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.
Dado que la Administración de Justicia tiene a su servicio 7.500 trabajadores aproximadamente, sin contar con jueces y letrados, y alrededor de 70 sedes distribuidas por toda
la geografía de la Comunidad de Madrid, se considera necesario la creación de un Servicio
de Prevención Propio para esta Administración de Justicia.
De esta manera, dado el carácter esencial de la actividad de prevención de riesgos laborales y la relevancia que esta tendrá, y tiene, en el asesoramiento técnico a la Administración de la Comunidad de Madrid, a sus empleados y a los representantes de estos, la cobertura de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid
del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Medicina del Trabajo,
Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, contribuirá a una gestión más eficiente en el marco de las competencias atribuidas al Servicio de Prevención de la Comunidad
de Madrid, circunstancia esta que ha motivado el inicio del procedimiento de cobertura interina del puesto vacante número 78104, denominado “Técnico Superior de Salud Pública”,
a instancias de la Dirección General de Función Pública, habiendo sido informado favorablemente por la Dirección General de Recursos Humanos, con fecha 9 de julio de 2021.
El artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, establece que se podrán efectuar convocatorias para la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a Cuerpos, Escalas y Especialidades respecto de los
que no se hubiere formado lista de espera surgida de los procesos selectivos de acceso a la
función pública autonómica, o la misma se hubiese agotado, y no exista posibilidad de acudir a las correspondientes bolsa de espera de personal laboral temporal, ni a otras listas de
espera formadas a partir de convocatorias específicas para la selección de funcionarios interinos.
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Consejería
Primero
Objeto de la convocatoria
1. Se convoca para su cobertura interina el puesto de trabajo que se detallan en Anexo I
a la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6
de abril.
BOCM-20210901-3
RESUELVE