B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE “LA PRINCESA” (BOCM-20210901-12)
Convocatoria puesto – Resolución de 9 de agosto de 2021, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de “La Princesa” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Sección de Cirugía Oral y Maxilofacial en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 63
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes. La
puntuación máxima a obtener en este apartado será de 100 puntos.
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión. La puntuación máxima a obtener
en este apartado será de 100 puntos.
La ponderación para ambas fases será:
— 40 por 100 para el Historial Profesional.
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión.
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia compulsada) de los méritos alegados.
1. Formación universitaria (máximo, 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/examen de grado/tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el Grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “cum laude”, se añadirá:
1 punto.
2. Formación especializada (máximo, 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad de
que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente
en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984 de, al menos, dos años de práctica supervisada,
profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia
para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE, de Luxemburgo, de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional: 10
puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el título de la especialidad a través de cualquier
otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos.
3. Experiencia profesional (máximo, 55 puntos):
3.1. Actividad asistencial (máximo, 45 puntos):
3.1.1. Por cada mes trabajado: en los servicios jerarquizados de la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de la Saludo en hospitales de titularidad pública:
a) Con nombramiento por concurso o por Libre Designación de Jefe de
Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa: 0,3
puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa: 0,2
puntos.
3.1.2. Por cada mes trabajado: en los servicios jerarquizados en especialidad
distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la
actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado” de 20 de febrero de la Subsecretaría de la
Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.3. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema
Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
BOCM-20210901-12
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente baremo
B.O.C.M. Núm. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 63
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes. La
puntuación máxima a obtener en este apartado será de 100 puntos.
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión. La puntuación máxima a obtener
en este apartado será de 100 puntos.
La ponderación para ambas fases será:
— 40 por 100 para el Historial Profesional.
— 60 por 100 para el Proyecto Técnico de Gestión.
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el autobaremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos (originales o fotocopia compulsada) de los méritos alegados.
1. Formación universitaria (máximo, 4 puntos):
1.1. Grado de Suficiencia Investigadora/examen de grado/tesina: 1 punto.
1.2. Grado de Doctor: 2 puntos.
1.3. Si el Grado de Doctor se ha obtenido con calificación de “cum laude”, se añadirá:
1 punto.
2. Formación especializada (máximo, 10 puntos):
2.1. Facultativos que, para la obtención del título de especialista en la especialidad de
que se trata hayan cumplido el período de formación completo como residente
en hospitales con programa acreditado MIR, o bien que hayan cumplido un período de formación como médico residente, de acuerdo con la normativa anterior al Real Decreto 127/1984 de, al menos, dos años de práctica supervisada,
profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación
como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia
para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE, de Luxemburgo, de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional: 10
puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el título de la especialidad a través de cualquier
otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos.
3. Experiencia profesional (máximo, 55 puntos):
3.1. Actividad asistencial (máximo, 45 puntos):
3.1.1. Por cada mes trabajado: en los servicios jerarquizados de la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de la Saludo en hospitales de titularidad pública:
a) Con nombramiento por concurso o por Libre Designación de Jefe de
Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa: 0,3
puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa: 0,2
puntos.
3.1.2. Por cada mes trabajado: en los servicios jerarquizados en especialidad
distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la
actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado” de 20 de febrero de la Subsecretaría de la
Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.3. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema
Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
BOCM-20210901-12
A) La valoración del Historial Profesional se hará conforme al siguiente baremo