D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210731-4)
Convenio –  Convenio de 16 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Uno Entre Cien Mil, para la remodelación de la terraza de la cubierta del Bloque de Extracciones de la torre circular del Hospital Universitario “La Paz” para la creación de una Unidad de Terapia de Ejercicio Físico
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE JULIO DE 2021

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noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sanidad.
Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio
Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que
para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Que el Hospital Universitario “La Paz” está adscrito al Servicio Madrileño de Salud,
de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio
Madrileño de Salud.
Tercero
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.
Cuarto
Que la Fundación Uno Entre Cien Mil es una fundación clasificada y registrada por
Orden ministerial de fecha 15 de octubre de 2012 en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad bajo el número 28-1.695, domiciliada en la
Avenida de Pablo Iglesias, 17, sótano 1 Madrid 28039, incluida entre las entidades reguladas en la disposición transitoria cuarta y por los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26
de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del
Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, y que de conformidad con el artículo 6 de sus
Estatutos, por los que se establecen los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes oncohematológicos pediátricos y adolescentes y sus familias
mediante la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” que consistirán
en la remodelación de la terraza de la cubierta del Bloque de Extracciones del edificio circular para la creación de una Unidad de Terapia de Ejercicio Físico. El objetivo prioritario es
conseguir que los entornos hospitalarios sean más humanos y acercar el ejercicio físico a
los hospitales como una terapia no farmacológica para los niños/as y adolescentes y así mejorar la calidad de vida y la mejora del estado anímico de los pacientes oncohematológicos,
de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.

BOCM-20210731-4

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