Arganda del Rey (BOCM-20210730-45)
Urbanismo. Normas urbanísticas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 180

VIERNES 30 DE JULIO DE 2021

Pág. 119

Los vertidos del núcleo de Arganda del Rey, así como colector de aguas fecales
propuesto por el Ayuntamiento se depuran en la EDAR de La Poveda, de la cual
está prevista su ampliación.
El caudal de aguas residuales que se genera en el Sector UE-32 es de 1.040 m3/día.
El 8 de octubre de 2001 se firmó una Adenda al Convenio de Colaboración en la
Distribución suscrito entre el Ayuntamiento de Arganda del Rey y el Canal de Isabel II.
La red de evacuación de aguas pluviales discurre igualmente por el eje de las calles a favor de la pendiente de los viarios, en una cota superior a la red de aguas
residuales.
En el Sector UE-32 se prevé una canalización entubada que recogerá tanto las
aguas de los sumideros dispuestos en la calzada, así como las aguas de escorrentía.
El trazado debe continuar hasta el cauce público y conectarse con el propio río Jarama o punto en concretar por la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Los caudales de avenida en la cuenca hidrográfica en resumen son:

PERÍODO
5 años
15 años

INTENSIDAD
-L/S HA-

Q ANTES
-L/S-

Q DESPUÉS
-L/S-

AUMENTO
DECAUDAL
-L/S-

191,88
245,32

3.125,88
3.938,31

3.814,278
4.876,56

688,40
938,25

La red de evacuación de las aguas fecales del Sector discurre por el eje de las calles a favor de las pendientes de los viarios.
El cálculo de la red de alcantarillado, en el correspondiente Proyecto de Urbanización, tendrá en cuenta las siguientes condiciones mínimas:

Las velocidades máximas y mínimas recomendadas tienen como finalidad evitar
deposiciones de material y estancamientos.
La red está formada por tubos de hormigón vibroprensado, centrifugado o armado.
Los materiales cumplen los requerimientos contenidos en el Pliego de Condiciones Facultativas para abastecimiento y saneamiento (MF) y se acreditará el cumplimiento de sus correspondientes normativas de calidad. Se asientan sobre un lecho adecuado.
En las arquetas de distribución la sección mínima tolerable es de 30 cm. Este diámetro puede reducirse en las acometidas a edificios a 150 mm y a 100 mm, siempre y cuando exista justificación expresa. En este último supuesto, las pendientes
mínimas a exigir son del 1,25 por 100 (1 en 80) para las tuberías de 150 mm y
de 1,4 (1 en 70) para las de 100 mm.
La tubería debe estar enterrada un mínimo de 1,20 metros por debajo de la calzada,
en zonas donde puede estar sometida a tráfico pesado.
Se prohíbe cualquier tipo de fosa séptica o pozo negro.
Cumplirán igualmente los Proyectos de Urbanización con la Norma Tecnológica
de la Edificación NTE-ISA “Instalaciones de Salubridad-Alcantarillado” (Orden
del Ministerio de la Vivienda de 6 de marzo de 1.973). Asimismo la Ley 29/1985,
de 2 de agosto, de Aguas y el Reglamento de Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/86, de 11 de abril, así como las Normas para Redes de
saneamiento (NRSCYII-2006) aprobado el 27-03 de 2006.
El informe de viabilidad otorgado por el Canal de Isabel II en relación con la depuración del Sector UE-32 se ha incluido en este Plan de Sectorización, epígrafe 1.2.5.3.
Los esquemas de la red de saneamiento y las conexiones exteriores se han grafiado
en los planos IF-3 y IF-4.

BOCM-20210730-45

— Velocidad del agua a sección llena: 0,60-3,00 m/seg.
— Pozos de registro visitables en cambios de dirección y de rasante y en alineaciones rectas a distancias no superiores a 50 m.
— Tuberías de hormigón centrifugado para secciones menores de 60 cm de diámetro y de hormigón armado para secciones mayores.
— Sección mínima de alcantarillado de 30 cm de diámetro.