B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210730-7)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de un aspirante en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 180

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JULIO DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la exclusión de un aspirante en las pruebas selectivas para
el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento
de requisitos.

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición
de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de
Salud de la Comunidad de Madrid.
La base segunda de la convocatoria, en su apartado 2.1.f), establece como requisito
para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de
personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los
Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual
que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, el Tribunal de las pruebas selectivas
de Fisioterapeuta, al constatar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de referencia en la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana de
D. José Carlos Rodríguez de la Rosa, con DNI ***1431**, derivada de su participación en el
proceso selectivo convocado por Resolución de 10 de abril de 2017 (DOGV número 8026,
de 25 de abril de 2017), de la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos de la
Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, procedió a iniciar el procedimiento establecido en la base 6.11 de la convocatoria, realizando requerimiento de trámite de audiencia al interesado, habilitando un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar las justificaciones que estimara procedentes. Del contenido de las alegaciones presentadas por el
interesado queda confirmada su condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta en la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana, por lo que el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de
su exclusión del proceso selectivo.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad
de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General de 15 de junio de 2018
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), de D. José Carlos Rodríguez de la Rosa, con DNI ***1431**, por no cumplir el requisito exigido en la base 2.1.f)
de la convocatoria, “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías
profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación
administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos

BOCM-20210730-7

RESUELVE