C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210728-15)
Emisión deuda pública – Orden de 19 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe nominal de 50.000.000,00 de euros
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 178
— Cupón: 1,646 por 100 Fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente, pagadero anualmente desde el 30 de julio de 2022. Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act, ICMA. Si una fecha de pago de intereses
fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de las obligaciones tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.
— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones
que la Deuda Pública del Estado.
Segundo
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de julio de 2021.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio, modificada por Orden de 15 de
marzo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 31 de marzo), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.
(03/24.244/21)
BOCM-20210728-15
CIAL DE LA
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 178
— Cupón: 1,646 por 100 Fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente, pagadero anualmente desde el 30 de julio de 2022. Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act, ICMA. Si una fecha de pago de intereses
fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de las obligaciones tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.
— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones
que la Deuda Pública del Estado.
Segundo
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de julio de 2021.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio, modificada por Orden de 15 de
marzo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 31 de marzo), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.
(03/24.244/21)
BOCM-20210728-15
CIAL DE LA
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791