Móstoles número 1 (BOCM-20210727-76)
Procedimiento 766/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
76

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 766/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MIGUEL ÁNGEL CASTILLEJO CISNEROS frente a MARIANO
LABRADO SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº 218/2021
En la ciudad de Móstoles a 30 de Junio de 2021
FALLO
Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros
contra Mariano Labrado S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la
presente resolución judicial y condeno a Mariano Labrado S.L. a que abone a Don Miguel
Ángel Castillejo Cisneros la indemnización de 2.133, 35 euros y los salarios de trámite a
razón de 48, 49 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de Naturpiedra Obras S.L. si fuera igual o superior al
de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, y en su caso el período que haya percibido
la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo, lo que se determinará en ejecución de sentencia
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Miguel Ángel
Castillejo Cisneros contra Mariano Labrado S.L., Condenando a la mercantil demandada a
pagar a Don Miguel Ángel Castillejo Cisneros la cantidad de 2.083, 47 euros brutos más el
10 % de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MARIANO LABRADO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20210727-76

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0766-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista”.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.