C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210727-17)
Concesión ayudas –  Orden 669/2021, de 12 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
17

ORDEN 669/2021, de 12 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la
danza, la música y la cinematografía para el año 2021.

Por Orden 1643/2020, de 28 de diciembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, se
convocaron ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2021,
cuyo anuncio de extracto fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 23 de febrero de 2021.
Las bases reguladoras de estas ayudas se establecieron por Orden 1048/2016, de 22 de
marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de abril de 2016).
A la vista de las solicitudes recibidas y de su valoración por parte de la Comisión de
Entidades Locales y Entidades sin Ánimo de Lucro del Consejo de Cultura, reunida en fecha 15 de junio de 2021, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección
General de Promoción Cultural.
Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Primero
1. Conceder subvenciones a los municipios que figuran en el Anexo I de la presente
Orden, con el destino y la cuantía que se especifica en el mismo.
2. El gasto se hará efectivo con cargo al crédito autorizado en la partida 46309, del
programa 334A, del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Segundo
El pago de la ayuda se realizará previa justificación del cumplimiento de la finalidad para
la que se concedió. Los beneficiarios deberán acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar la cuantía concedida hasta el 15 de noviembre de 2021, mediante la presentación de la documentación relacionada en el apartado 8 de la citada Orden 1643/2020, de 28 de
diciembre, de convocatoria.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones que se establecen en las bases undécima y duodécima de la Orden 1408/2016, de 22 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecieron las bases reguladoras de
las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música, la cinematografía y la moda como disciplina
creativa.
Cuarto
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o
bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la
sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos
plazos contados desde la entrada en vigor de esta Orden. Todo ello, conforme a lo dispues-

BOCM-20210727-17

Tercero