B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210727-2)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 23 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que anuncia la fecha a partir de la cual se expondrán las listas de aspirantes seleccionados, a excepción de la especialidad 209 “Mantenimiento de vehículos”, en los procedimientos selectivos para el ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, convocados por Resolución de 11 de marzo de 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 177

(comunidad.madrid/servicios/personal-educacion) “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Oposiciones 2020. Secundaria, FP y RE”.
Tercero
Aspirantes seleccionados por más de un Cuerpo y/o Especialidad
Los aspirantes que han superado la fase de oposición y concurso por más de un Cuerpo y/o Especialidad, por esta y por otra u otras Administraciones educativas, deberán manifestar, por escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, la opción para
la realización del período de prácticas en uno de los Cuerpos o especialidades y solicitar
prórroga en el resto.
Cuarto
Aspirantes que superan la fase de oposición y concurso para el ingreso en el mismo
Cuerpo, por esta y por otra u otras Administraciones educativas
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el mismo Cuerpo, por esta y por otra u otras Administraciones educativas, en el plazo de cinco
días hábiles contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar
por el ingreso en una de estas Administraciones al término de las pruebas, renunciando a
todos los derechos que pudiera corresponderles por su participación en la/s restante/s. De
no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
Quinto

Los aspirantes seleccionados, en el plazo de cinco hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados, deberán presentar la documentación establecida en la base 8.1 de la resolución de convocatoria.
Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera del título I de la Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedaran anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud
de participación.
La documentación referida se presentará por cualquiera de los siguientes procedimientos tal y como señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así
como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que
se refiere el artículo 2.1.
La presentación de la documentación por este medio requerirá que el aspirante
presente copia auténtica de las titulaciones o certificaciones presentadas tal y
como se determina en la base 8.1.a) y 8.1.c) de la convocatoria.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se
solicitará su envío a través del Servicio de Registro Virtual Electrónico con la
Administración (ORVE), al Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, código A13022899.
La presentación de la documentación por este medio requerirá que el aspirante
presente copia auténtica de las titulaciones o certificaciones presentadas tal y
como se determina en la base 8.1.a) y 8.1.c) de la convocatoria.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Para la presentación de documentos por este medio los aspirantes deberán acudir
con los originales y las copias con el fin de garantizar la autenticidad de la documentación presentada. Los originales, una vez cotejados serán devueltos al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.

BOCM-20210727-2

Documentación a presentar por los seleccionados: plazo de entrega y forma de
presentación